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Supremo: los MIR de la privada tienen derecho a cobrar los trienios

Los profesionales sanitarios pueden reclamar la antigüedad a la Administración

Exteriores del Tribunal Supremo.

04 feb 2020. 16.50H
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POR ÀLEX LÁZARO
El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que los médicos internos residentes (MIR) que hayan desarrollado su formación en los centros sanitarios de carácter privado sí deben tener reconocidos los trienios en la sanidad pública.

De este modo, el TS ha resuelto el recurso interpuesto por el Sindicato Médico de Almería, determinando que "los facultativos que han realizado su periodo de formación MIR en centros sanitarios de titularidad privada con sus correspondientes cotizaciones al régimen general de la seguridad social tienen derecho a que esos trienios".

En este sentido, el TS ha dictaminado que "solo existe un tipo de MIR", al que "se accede en concurrencia pública tras un duro examen de acceso sin que quepa discriminar a los que desarrollan su periodo formativo en centros de titularidad privada con respecto de los facultativos que lo hacen en centros sanitarios públicos". 

"Solo existe un tipo de MIR al que se accede en concurrencia pública tras un duro examen de acceso"



Por ello, al darse estas circunstancias, "tanto unos como otros tienen el derecho a que se les computen todas las cotizaciones a la seguridad social; ello da lugar en todos los casos a que los facultativos (una vez finalizado su programa de formación MIR en centros privados) incorporados a la sanidad pública como especialistas ya cuentan de facto con un trienio".

Por último, cabe destacar que desde el sindicato consideran que esta sentencia es especialmente trascendente, dado que todos los facultativos que hayan realizado el MIR en un centro privado deben exigir a la administración para la que ejerzan el cómputo adicional en su nómina que corresponde al trienio. 

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