El
Tribunal Supremo confirma la condena por tráfico de influencias a
Jaume Matas por ‘caso Son Espases’. La Sala II del TS ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Mallorca que condenó al expresidente del Gobierno balear a diez meses de prisión y diez años de inhabilitación especial para cargo público.
Matas ha sido condenado por el delito de
tráfico de influencias y como inductor de delitos de prevaricación continuada y fraude a la Administración, por su actuación para conseguir la adjudicación a una determinada empresa de la construcción de un hospital en Mallorca, en la zona de Son Espases, durante la legislatura autonómica 2003-2007.
Matas
recurrió al Supremo su condena por el delito de tráfico de influencias, que suponía
seis meses de prisión y tres años de inhabilitación. El alto tribunal desestima íntegramente sus alegaciones y subraya que el acusado se aseguró la cercanía de personas de su confianza en el proceso de adjudicación por concurso del proyecto de construcción del hospital que había sido anunciada por él desde su campaña electoral para ser presidente del Gobierno de Baleares, con el objetivo de beneficiar a una determinada empresa adjudicándole el proyecto de construcción del hospital.
Los magistrados aseguran que dio la orden de contratar a una determinada consultora “prescindiendo de las normas de procedimiento y con el fin de que fuera ella quien llevara a la Mesa de Contratación las valoraciones de las ofertas de los licitadores”,
contratación que se hizo a espaldas de la Mesa de Contratación.
Para el Supremo, el hecho probado describe “la
presión moral y jerárquica” que Matas ejerció sobre sus subordinados. “No se influyó sobre la Mesa, sino sobre Sergio Beltrán, director general del Instituto Balear de Salud, como órgano de contratación”.
La Audiencia de Mallorca también condenó a la
exconsejera de Salud Ana Castillo a ocho meses de prisión y diez años de inhabilitación como inductora de prevaricación y fraude; al exdirector general Sergio Beltrán como autor material de prevaricación y fraude a doce meses de prisión y trece años de inhabilitación; y a Jesús Peniado, propietario de la empresa contratada para informar sobre las ofertas de adjudicación del contrato, como cooperador necesario de prevaricación y fraude a doce meses de prisión y diez años de inhabilitación.
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