El
Tribunal Supremo ha vuelto a dar la razón a los dentistas al reconocer, al igual que en distintos supuestos semejantes, que los "
odontólogos y estomatólogos son los únicos que tienen capacidad profesional para realizar el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades bucales".
Además, es "función de los
protésicos dentales elaborar y fabricar prótesis conforme a las indicaciones de los estomatólogos u odontólogos, debiendo además someter su trabajo a la aprobación final de dichos profesionales" (STS de 29 de septiembre de 2000) .
Ha sido a través de la
inadmisión de un recurso de casación interpuesto por un protésico dental de Jaén condenado por intrusismo profesional. El Supremo lo inadmite porque el recurso no tiene interés casacional.
Diagnóstico médico y prescripción facultativa
Asimismo, añade, “los diagnósticos de
enfermedades o anomalías bucales, arreglos dentarios, prescripción y confección de prótesis movibles (…) son intervenciones que requerían un previo diagnóstico médico y la posterior
prescripción facultativa por los profesionales titulados competentes» (STS de 29 de octubre de 1992).
Desde el
Consejo Andaluz de Colegios de Dentistas se valora tal consideración, ya que supone un paso más para alcanzar una asistencia sanitaria odontológica adecuada y de calidad, luchando de forma eficiente contra el
intrusismo de aquellos que ejercen la Odontología sin tener la formación, las competencias y las
capacidades legales necesarias.
No obstante, desde la organización colegial se exige el
endurecimiento de las penas puestas por este tipo de delitos, ya que por el momento no es suficiente para reducir el elevado número de infracciones que se producen en el ámbito de la Odontología.
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