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Sentencia: el RD de prescripción enfermera no limita a la profesión

La sentencia del Tribunal Supremo tumba el recurso presentado por el Gobierno de Navarra contra la norma de 2015

Exteriores del Tribunal Supremo.

11 sep 2019. 09.00H
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Gobierno de Navarra contra el popularmente conocido como real decreto de prescripción enfermera del año 2015.

Una sentencia que se conoce ahora, pese a que el mencionado real decreto ya fue impugnado en su momento, y siendo sustituido por la actual norma que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humanos por parte de los enfermeros.

En el mencionado recurso presentado por el Gobierno Foral, señalaba que en el decreto de 2015 "porque infringe el artículo 35 de la Constitución en cuanto que supone una limitación desproporcionada a la autonomía enfermera, limita su ejercicio luego implica "cierta merma" del derecho de los ciudadanos a la libre elección de profesión".

Es por este motivo, por el que precisamente el Tribunal Supremo no acepta el súplico de Navarra dado que “no se infringe el artículo 35 de la Constitución”.

“No se explica en qué medida una previsión de específica formación profesional como es la acreditación puede afectar al " deber de trabajar y al derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo", señala el Supremo en su fundamento décimo.

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