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Sentencia: el Estado debe costear la sanidad de los pacientes en prisiones

Después de que el Gobierno de Aragón reclamase al Alto Tribunal, ya que se niega a asumir esa competencia

Exterior del Tribunal Supremo.

14 ene 2020. 18.10H
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El Tribunal Supremo ha dictaminado que es la administración penitenciaria, y no la sanitaria, la que debe hacer frente a los costes de la prestación sanitaria en los hospitales públicos a internos en centros penitenciarios aun estando inscritos en la Seguridad Social.

En respuesta a la reclamación, en este caso, del Gobierno de Aragón, que, según informa El Periódico de Aragón, había presentado varias facturas por atenciones prestadas y su negación de seguir asumiendo esta competencia sin que el Estado le pague los costes.

Las resolución subraya que a falta de convenio de colaboración entre ambas administraciones (incumpliendo el artículo 207.2 del Reglamento Penitenciario) “la normativa aplicable abona que sea Instituciones Penitenciarias quien satisfaga esos costes, por la relación de sujeción especial que liga al interno con tal Administración,  por la obligación ‘ex lege’ de garantizar su salud y por la inexistencia de precepto alguno que permita excluir aquella financiación por la sola condición del preso como beneficiario de la Seguridad Social”.

La sentencia también explica que la jurisdicción contencioso-administrativa es la que tiene atribuida la potestad de juzgar el asunto, aunque la cuestión se refiera a prestaciones de la Seguridad Social, pues no está concernido el derecho a la asistencia, sino el reparto de costes entre dos administraciones públicas del precio público derivado de aquella prestación.

Todo ello viene después del giro de unos recibos por atenciones sanitarias prestadas en el Hospital Miguel Servet a presos durante el año 2017. Según el medio, el Estado reclamó para que anularan estas facturas y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón le dio la razón. Después de que la región reclamase, el Tribunal Supremo le ha dado la razón.


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