El reconocimiento y pago de la
carrera profesional para los
médicos que no tienen un
contrato fijo en el Sistema Nacional de Salud (SNS) puede suponer un
gran desembolso para la Administración Pública, testigo de cómo la Justicia española está sentenciando a favor de este personal.
A la sentencia del
Tribunal Supremo en la que se reconocía el derecho para el
personal interino, se suma el reciente dictamen del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que incluye también al
personal eventual y sustituto. De llegar a crearse
Jurisprudencia también para este colectivo, las
Administraciones deberán hacer un desembolso de unos
24.492.480 euros para alrededor de
7.440 trabajadores eventuales, según los cálculos de
Antonio Cabrera, secretario general de la Federación Estatal de Sanidad y Servicios Sociales de CCOO.
Los sindicatos prefieren llegar a acuerdos con las administraciones y no tener que recurrir a la Justicia
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"Estaríamos hablando de
34.740 médicos entre interinos y eventuales que previsiblemente puedan cumplir los requisitos de acceso al nivel I, lo que supondría un
desembolso de 114.371.981 euros", añade el representante sindical.
Para hacer esta estimación, Cabrera ha considerado que el 60 por ciento de los cerca de
12.400 médicos eventuales que hay en España habría generado este derecho. Teniendo en cuenta los datos de la
EPA de 2017, los últimos disponibles,
los médicos cobran unos 3.292 euros anuales por este concepto, de lo que resultan los 32 millones de euros.
Para el cómputo general del
personal no fijo (interinos, eventuales y sustitutos), Cabrera ha basado su estimación en que
el 80 por ciento de estos trabajadores cumplirían el requisito de tiempo trabajado y otros requisitos que disponga cada comunidad autónoma. "Es difícil afinar más en cuanto no existe el mismo modelo en las comunidades autónomas, cada una con un modelo distinto de carrera".
Madrid podría sentar precedente
"Se han producido dos
sentencias contradictorias en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En la sección octava, hay una que niega la carrera a un sustituto. Y la otra, de la sección séptima, que creemos que está muy bien fundamentada por el juez, que dice que efectivamente tienen derecho", explica a
Redacción Médica Julián Ezquerra, secretario general de Amyts.
Ninguna de las dos sentencias es firme porque, al haber contradicción entre ellas, "la Administración ha
Si el Supremo fallase también a favor de los eventuales, crearía Jurisprudencia, como pasó con los interinos
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recurrido en casación al Supremo", explica el representante sindical. "Entendemos que la última está perfectamente fundamentada y creemos que es la que va a imperar, porque además va en el mismo sentido que el
acuerdo que tenemos firmado con la Consejería, que establece la
inclusión de todos lo no fijos, también los sustitutos y los eventuales, en la carrera profesional", añade Ezquerra.
"Lo deseable es que se llegue a un acuerdo y se haga conforme a las negociaciones, sin esperar lo que digan los tribunales.
Las sentencias parecen claras y encaminadas al reconocimiento del pago", se felicita el representante de Amyts.
Javier Martínez, presidente del sector de Sanidad del CSIF, también se mueve en esta línea. "Exigimos a las
Administraciones sanitarias autonómicas y en la parte de coordinación al
Ministerio de Sanidad, que desatasquen el actual problema con el personal propietario en según los casos, el interino y el temporal con
reconocimiento al derecho a tener su carrera profesional como el resto de compañeros".
La situación de las CCAA es dispar, explica Martínez; "En algunas comunidades no se abona nada, otras en parte, en otras no se abona a todas las categorías y cada comunidad lo aplica de forma diferente. En la mayoría no se abona a personal interino ni eventuales".
Además, como Ezquerra, considera que deben ser las administraciones y no la Justicia quien lleve las riendas en este proceso. "Después de las
múltiples sentencias a favor de la inclusión de los interinos en la carrera profesional,
no deben llegar a la judicialización de todos los afectados".
Dos años hasta el fallo del Supremo
Sin embargo, ha sido la judicialización de esta discriminación la que ha conseguido importantes avances en los últimos meses. "La
sentencia del Supremo aludía a los interinos, aunque se desprende que incluye a todo el personal que , con independencia de su vínculo, tiene derecho a la carrera profesional", explica
Fabián Valero, abogado laboralista y Socio Director de Zeres Abogados, quien considera que esta nueva resolución concisa más este derecho y no genera dudas: "Esta sentencia lo deja más claro, porque
ya no solo se habla de interinos sino también de eventuales".
Si el Supremo fallase también a favor de los eventuales,
crearía Jurisprudencia al ser un recurso de casación, explica Valero. Los trabajadores, eso sí, podrían llegar a esperar hasta año y medio o dos años hasta conocer la resolución, calcula el abogado.
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