El
juzgado de lo Social Nº 1 de Oviedo ha emitido una sentencia pionera en el Sistema Nacional de Salud (SNS) al ser la primera que aplica la reciente doctrina del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE), fijando
una indemnización de 20 días por año trabajado, la misma que les corresponde a los trabajadores fijos comparables.
El trabajador con contrato de interinidad cesó por incorporación de un estatutario fijo en el reciente concurso de traslados; sin embargo, el
Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) le denegó cualquier tipo de indemnización por la finalización de su contrato, y el mero hecho de que haya prestado sus servicios en virtud de contrato de interinidad no justifica que no tenga derecho a la correspondiente indemnización.
Señalar que este trabajador era eventual, lo que ha permitido que un concurso de traslados le arrebatara su plaza. Si el profesional hubiera logrado
la situación de indefinido no fijo, no se le podría haber desplazado de su puesto de trabajo, según
han señalado expertos a Redacción Médica. Un categoría profesional, por cierto, que es otra de las apuestas judiciales por la estabilidad y la no discriminación laboral del
TJUE.
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