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Padecer párkinson no es motivo para la retirada de la custodia de hijos

Consideran que la enfermedad se encuentra en estado leve y está controlada

Fachada del Tribunal Supremo.

23 mar 2016. 11.20H
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POR REDACCIÓN
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha avalado la concesión de la guardia y custodia de dos hijos menores, actualmente de 9 años de edad, a una madre con párkinson leve.

En su auto, el Alto Tribunal rechaza el recurso del padre para que se le atribuyese a él la custodia y se la retirasen a su exmujer, alegando que ella padecía un cuadro psiquiátrico y psicológico complicado y la citada enfermedad degenerativa, motivos por los que no se ocupaba adecuadamente de los niños”.

La sentencia confirma los pronunciamientos de un Juzgado de Primera Instancia de El Puerto de Santa María y de la Audiencia de Cádiz, que otorgaron la guardia y custodia a la madre al llegar a la conclusión de que la enfermedad de párkinson que tiene se encuentra en estado leve y está controlada, por lo que no le impide hacerse cargo de sus hijos, sin perjuicio de lo que resulte de su posterior evolución.

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