Ricardo Martínez Platel. Madrid
El Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Badajoz ha estimado un recurso contra la resolución del Servicio Extremeño de Salud (SES) y reconoce el derecho de los médicos recurrentes a que se valore su experiencia profesional adquirida como Facultativos Especialistas en Nefrología en un centro privado de hemodiálisis de Fresenius Medical Care.
La sentencia, obtenida por la asesoría jurídica del Colegio de Médicos de Badajoz, reconoce que resulta discriminatorio que dicha previsión de valoración sí está prevista para la experiencia profesional en las convocatorias de acceso a la condición de personal estatutario fijo, pero no para la formación de bolsas de trabajo.
Además, la resolución tiene en cuenta que el centro realiza su actividad bajo concierto con el SES para la realización de hemodiálisis ambulatoria, tarea que siempre tiene al frente a un nefrólogo como médico responsable, que desarrollan su trabajo en la misma categoría y especialidad a la que se opta en la bolsa y no difiere del que se realiza en el servicio de salud autonómico.
De este modo, el juzgado estima íntegramente el recurso y considera que el acto administrativo vulnera el principio de igualdad para el acceso a la función pública.