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Moncloa quiere que el Constitucional suspenda la ley catalana de cannabis

El Ejecutivo ha anunciado que presentará recurso y pedirá que cuando se admita, se suspensa cautelarmente

Sede del Tribunal Constitucional en Madrid.

13 oct 2017. 15.30H
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POR REDACCIÓN
El Gobierno va a recurrir ante el Tribunal Constitucional la Ley de asociaciones de personas consumidoras de cannabis aprobada por el Parlament catalán el pasado mes de junio. Asímismo, solicitará que, cuando se admita el recurso, se suspenda cautelarmente, han informado en fuentes gubernamentales.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la interposición de recurso de inconstitucionalidad en relación con la Ley de Cataluña 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis, que el Parlament catalán aprobó el pasado 28 de junio con los votos a favor de todos los grupos, el rechazo del PP y la abstención del diputado no adscrito Germà Gordó.

El Ejecutivo considera que esta Ley vulnera competencias exclusivas del Estado, en particular, la competencia en materia de legislación penal, las bases y coordinación general de la sanidad, así como la legislación sobre productos farmacéuticos, la seguridad pública y las relaciones internacionales, por afectar a los convenios internacionales suscritos por España.

El Ejecutivo considera que Cataluña no tiene competencias para aprobar una norma de este contenido


En este sentido, estima que la Comunidad Autónoma de Cataluña carece de competencias para la aprobación de una norma con este contenido "que no puede ampararse ni en el derecho de asociación, ni en la protección de los consumidores, ni en la protección de la salud, y que trata de regular y dar amparo legal a actividades que están tipificadas como delito en el Código Penal. Este texto legal -añade- ignora totalmente las competencias exclusivas del Estado, así como de la normativa internacional y estatal vigente".

El Gobierno invoca asimismo el artículo 161.2 de la Constitución para que el Tribunal Constitucional suspenda cautelarmente la aplicación de la norma de Cataluña, como ya ocurrió con los recursos interpuestos previamente contra la Ley navarra reguladora de clubes cannabicos y con un artículo de la Ley de atención integral de adicciones y drogodependencias del País Vasco con la misma finalidad.

Fruto de una ILP

La Ley de las asociaciones cannábicas es fruto de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que comenzó a tramitarse la pasada legislatura y regula estos clubes para que sean asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que se autoabastecen y distribuyen cannabis entre sus asociados, todos ellos mayores de edad que consumen en ámbito privado, ya sea con finalidad lúdica o terapéutica.

Cuestiones reguladas

Además, establece las condiciones para que se puedan constituir, los derechos y los deberes de los socios y los requisitos para hacerse, estipula mantener un libro de registro, trata la producción y el almacenamiento, el transporte y la distribución y limita la publicidad.

También regula el número de miembros y el consumo máximo mensual que fija en sesenta gramos al mes por asociado; los cultivos y el transporte; todos estos puntos estaban hasta la fecha en un vacío legal que ahora se ha regulado para dar cobertura legal a los más de 400 establecimientos que hay en Cataluña, según Mossos d'Esquadra.


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