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Los interinos sanitarios ya no podrán ser fijos sin aprobar una oposición

El Supremo establece un criterio tras la sentencia europea que cuestionaba las estabilizaciones

Fachada del Tribunal Supremo.


12 may 2026. 12.10H
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Los sanitarios con contratos temporales ya no podrán acceder a una plaza fija si no superan un proceso de oposición. El Tribunal Supremo ha fijado una nueva doctrina después del revés judicial que sufrió España de manos de la justicia europea por la forma en la que había llevado a cabo las mega estabilizaciones de empleados públicos. Ahora, el alto tribunal ha concluido que el "abuso en la temporalidad" que han sufrido estos profesionales no legitima que puedan adquirir un puesto en propiedad. La decisión llega después de varios años en el que todos los servicios de salud han desplegado procesos para reducir el porcentaje de eventualidad en la sanidad autonómica, buena parte de ellos solo por concurso de méritos. 

A ojos del Supremo, conseguir una plaza fija en la sanidad sin haber superado un proceso de acceso al empleo público sujeto a los “principios de igualdad, mérito y capacidad” representa una vulneración tanto de la Constitución Española como del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), ya que supone un impedimento para que el resto de los ciudadanos puedan tener las mismas condiciones.

El Pleno de la Sala de lo Social ha puesto, en todo caso, una excepción a esta nueva doctrina. Cuando un sanitario haya superado una prueba selectiva pero no haya obtenido la plaza porque el número de aspirantes aprobados es superior a las vacantes disponibles, entonces sí que podría terminar accediendo a posteriori a un puesto fijo.

“Si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija porque esa persona ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo”, ha explicado el alto tribunal en un comunicado.

El Supremo ha explicado que en esa circunstancia sí que estaría justificada la conversión del puesto en fijo, ya que evitaría que se vulnere la cláusula cinco del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada de la Comisión Europea, en el que se plantean las medidas que deben llevar a cabo todos los países miembros para evitar los “abusos” en la sucesión de contratos temporales.  


Puerta abierta a las indemnizaciones a los sanitarios interinos


El Supremo también ha aclarado que la fórmula para reparar estos abusos en la temporalidad pasa por el abono de una indemnización conforme a los criterios fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, algo que puede abrir la puerta a una oleada de reclamaciones por parte de los sanitarios afectados en España. Además, también se plantea la posibilidad de acudir a Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que se inicie el “correspondiente proceso sancionador”.

En la última sentencia del TJUE sobre el caso español, el organismo comunitario ya cuestionó que los amplios procesos de estabilización de los trabajadores públicos fueran una medida adecuada para frenar la temporalidad. A su juicio, aunque en estos procedimientos se tiene en cuenta la experiencia y el tiempo de servicio prestado, su valoración no se limita únicamente a los aspirantes víctimas del abuso.
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