El
Consejo General de Dentistas de España está contento de que la multa impuesta al
Colegio de Dentistas de Álava y su presidenta,
Carmen Mozas, se haya visto reducida tras el último dictamen del
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El fallo del organismo autonómico reduce la
"desmesurada" sanción que había impuesto el
Consejo Vasco de la Competencia al organismo a colación de unas declaraciones efectuadas por la dirigente colegial en un medio de comunicación.
En la entrevista, la presidenta de los dentistas alaveses había manifestad
o el rechazo frontal de la Organización Colegial de Dentistas a cuestiones como el uso de la publicidad engañosa dentro del sector odontológico, "práctica utilizada en reiteradas ocasiones por
determinadas franquicias y cadenas marquistas en todo el territorio nacional".
El criterio del Tribunal Superior de Justicia vasco es
"plenamente compartido" por el
Consejo General de Dentistas que recuerda que los
Colegios Oficiales tienen entre sus funciones la protección y defensa de los pacientes y, con ello
, "la obligación de ejercer la vigilancia necesaria para
garantizar la ética en el ejercicio profesional, cuestiones que
bajo ningún concepto pueden ser sancionables".
Esta Sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
reduce de 250.000 a 9.000 euros la sanción impuesta al Colegio y anula la multa impuesta a Carmen Mozas, al entender “injustificada y desmesurada” esta cantidad y al considerar que la presidenta realizó unas apreciaciones “de escasa trascendencia y que no revelan una deliberada campaña” sino que se realizaron en “el ejercicio de las propias competencias y atribuciones colegiales, a las que no debe renunciar”.
Multa y sanción al Colegio
La presidenta fue denunciada por una de las empresas, de las que el Consejo asegura que no se dio el nombre, y sancionada por el Consejo Vasco de la Competencia a 10.000 euros de multa, a la vez que se imponía una sanción de 250.000 euros al Colegio de Dentistas de Álava al entender que, con esas valoraciones,
se incumplía un acuerdo suscrito en 2015 entre Competencia y la propia organización colegial alavesa.
A raíz de esta complicación, e
l Consejo General advierte sobre los
riesgos de suscribir determinados acuerdos transaccionales que pudieran
supeditar las decisiones colegiales a la valoración de un organismo o institución externa, puesto que siempre debe prevalecer la independencia de las organizaciones colegiales en el cumplimiento de sus funciones como corporación de derecho público en el marco de la legalidad vigente.
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