La juez de Instrucción número 10 de Sevilla,
Pilar Ordóñez, que investiga
el caso Magrudis tras el brote de listeriosis producido el pasado verano, ha acordado en un auto imponer una fianza de cinco millones de euros, que deberán prestar el propietario y administrador único de Magrudis e hijo del gerente, Sandro
José Marín Rodríguez; su padre, el 'administrador de hecho', José Antonio Marín Ponce, los cuales continúan en prisión provisional por riesgo de fuga y posible destrucción de pruebas, otro hijo suyo,
su mujer y su cuñada.
Todo ello con la advertencia de que en caso contrario se procederá al inmediato embargo de sus bienes suficientes para cubrir dicha cuantía, ha informado la jueza en un auto judicial, al que ha tenido acceso
Europa Press.
Cabe recordar que las partes solicitaron distintas cuantías como fianza que oscilaban entre el millón de euros que pedía la Fiscalía y los 3,4 que solicitaba la Junta de Andalucía,
tras cifrar en esta cantidad el coste sanitario derivado de los hechos investigados.
En el auto, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la juez señala que el objetivo es "limitar la libertad de disponer de un patrimonio con el objeto de asegurar la responsabilidad pecuniaria y todo contenido patrimonial, asegurando así los pronunciamientos patrimoniales de cualquier clase que pudieran recaer,
no sólo la responsabilidad civil derivada del delito, sino todas las posibles responsabilidades pecuniarias".
En la presente investigación, añade la magistrada, "son indudables los indicios racionales de criminalidad" respecto a estas cinco personas, quienes serían responsables de los hechos investigados constitutivos de un delito contra la salud pública en su modalidad de fraude alimentario, cuatro homicidios por imprudencia y seis de aborto por imprudencia,
además de delitos de lesiones por imprudencia, cuyo número exacto aún está por determinar.
Si bien existen otros investigados en la causa, remarca la juez, es
"indudable" que respecto a estos cinco "procede la adopción de medidas cautelares para asegurar la responsabilidad civil que sobre los mismos pueda recaer".
"Existe peligro de no satisfacer las responsabilidades civiles y la fianza puede imponerse como medida de aseguramiento directo con el fin de obtener la disponibilidad en metálico y en caso de no ser satisfecha, a través de la afección de bienes muebles o inmuebles de fácil realización y de valor conocido", ha señalado la juez. Todo ello para conseguir el pago de las responsabilidades civiles que puedan declararse en la sentencia penal que recaiga en un futuro.
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