La reciente Ley 5/2025, que actualiza el baremo de valoración del daño, introduce cambios relevantes para el ámbito sanitario y persigue tres objetivos fundamentales:
incrementar las indemnizaciones, homogeneizar criterios técnicos y mitigar la incertidumbre en los cálculos periciales. Y es que, de su aplicación, una de las modificaciones más importantes es el nuevo baremo de indemnizaciones, que en algunos casos podrían aumentar entre un
300 y un 400 por ciento.
Las aseguradoras también deberán ajustar al alza sus
provisiones técnicas y sus esquemas de reaseguro ante el incremento del coste medio por siniestro. Asimismo, será imprescindible desarrollar un
baremo específico para daño sanitario, que ofrezca mayor seguridad jurídica, equidad y previsibilidad.
Impacto de las principales modificaciones
El equipo de Profesionales de la Medicina y el Derecho (Promede) ha evaluado los impactos de estas modificaciones. Entre ellos, destacan las
Bases Técnicas Actuariales (BTA), que pasarán a revisarse cada cinco años -salvo causas excepcionales- y se aprobarán por orden ministerial. Esto proporciona mayor estabilidad para el lucro cesante y la ayuda de tercera persona. Además, los
límites del baremo -actualizados cada 1 de enero-
tomarán como referencia el IPC del año anterior, en lugar del índice de revalorización de pensiones, así como en los casos en los que el lesionado fallezca después de la estabilización y antes de fijarse la indemnización,
se incrementa el importe de la indemnización puesto que ahora también se incluye como daño inmediato el 15 por ciento de lo que correspondería por perjuicio particular, por lucro cesante y por ayuda de tercera persona.
La Ley también considera mayor la reducción de ingresos por
Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual (IPT), por lo que la nueva regulación modifica los tramos por cada edad, ampliándolos para proporcionar
mayor cobertura. Desde los 55 años, se considera que se pierden el 90 por ciento de los ingresos, frente al 75 por ciento del baremo del año anterior. Algo que se va a notar especialmente en las edades cercanas a la jubilación.
Se configuran, además,
nuevas tablas para calcular indemnizaciones de lucro cesante cuando los lesionados están dedicados a las tareas del hogar y se amplía el
número de horas de ayuda de tercera persona hasta 24 horas diarias. Cuando se aplican estas modificaciones a casos reales de lucro cesante o de ayuda de tercera persona, se pueden llegar a observar impactos sobre las indemnizaciones de entre 300 y 400 por ciento.
Responsabilidad civil sanitaria
En paralelo, Promede señala que los jueces y Tribunales siguen aplicando con carácter analógico el sistema de valoración de daños para accidentes de tráfico, ya que no existe un sistema para la determinación de indemnizaciones por daños derivados de actividades en el ámbito sanitario. Sin embargo, la Sentencia del Tribunal Supremo 951/2025, dictada en junio, establece que
en materia de responsabilidad profesional sanitaria el baremo puede aplicarse retroactivamente a daños acaecidos anteriores a su entrada en vigor, siempre que el demandante lo solicite. Esto supone una modificación de la doctrina anterior, que limitaba la aplicación del baremo vigente a la fecha de los hechos.
Esto abre la puerta a un aumento generalizado de las indemnizaciones, teniendo especial relevancia los supuestos de grandes lesionados, tanto desde el punto de vista de secuelas, como principalmente en las partidas relativas a perjuicios patrimoniales. Frente a este nuevo escenario, Promede señala que es necesario que los distintos agentes involucrados retomen o impulsen
una reforma integral de la responsabilidad civil sanitaria.
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