La sentencia que obliga a
indemnizar a los profesionales sanitarios con cantidades que oscilan entre los 5.000 y los 49.000 euros por la falta de material de protección contra el Covid-19
durante la primera ola ha suscitado las primeras reacciones.
“Es una gran noticia”, reconoce
Ricardo De Lorenzo, director de los servicios jurídicos del Consejero General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom). Desde dicha instititución celebran esta decisión judicial “como
el inicio del reconocimiento y la justicia a todos los médicos y profesionales sanitarios en general, ante los incumplimientos de la Administración de adoptar medidas y medios de protección conforme a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”, aunque, reclaman, que dichas indemnizaciones pasen por un
baremo de daños sanitarios.
De Lorenzo señala a
Redacción Médica que la falta de material de protección ha comportado un grave riesgo para la seguridad y la salud de los facultativos, en particular, y de todos los trabajadores sanitarios, en general, por su exposición directa al riesgo de contagio. No obstante, advierte de que, ante
la
heterogeneidad en los pronunciamientos que se vienen dictando por los diferentes juzgados y jurisdicciones en las distintas comunidades autónomas, “
habrá aún que esperar a una jurisprudencia y doctrina que se consoliden pues frente a las obligaciones morales y legales de los profesionales sanitarios”. Por este motivo reclama una vez más la necesidad de "establecer un
baremo de daños sanitarios que regule este tipo de indemnizaciones".
Esta misma semana, el
Juzgado de lo Social nº 5 de Alicante ha condenado a la Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana a
indemnizar hasta con casi 50.000 euros a los profesionales sanitarios por su exposición al Covid-19 debido a la falta de material de protección durante la primera ola. En este sentido, la Justicia señala un “incumplimiento de las medidas de prevención individual” por parte del Departamento, el cual habría significado “un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios, especialmente para el personal facultativo, por su exposición directa al riesgo de contagio que ha significado”, según dicta la
sentencia a la que ha tenido acceso este diario.
El Cgcom pide reconocer al covid como enfermedad profesional
Ante esta situación, el abogado traslada la posición del Cgcom de reiterar al Gobierno
la necesidad del desarrollo de las medidas legales necesarias para que el Covid-19 y sus secuelas en los profesionales sanitarios fueran reconocidas como
enfermedad profesional. Asimismo, entiende que, bajo esta premisa, “deben estar las obligaciones recíprocas para que los gobiernos e instituciones minimicen los riesgos para estos profesionales asegurando
medidas adecuadas de control de infecciones, preventivas y de protección efectivas, oportunas y necesarias, para realizar su tarea asistencial en condiciones, tanto técnicamente como éticamente, priorizando el acceso a la atención médica en caso de enfermar”.
"El reconocimiento como enfermedad profesional del covid permitiría evitar las reclamaciones administrativas y/o judiciales"
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Tal y como pone de relieve,
“la legislación publicada durante la crisis asimila estas situaciones al accidente de trabajo, pero solo a efectos retributivos de la incapacidad temporal”. Sin embargo, al no estar incluida en el cuadro de enfermedades profesionales, De Lorenzo explica que “es necesario probar de forma directa y exclusiva el origen laboral del Covid-19 para los efectos sobre el resto de supuestos (prestación farmacéutica gratuita, pensión por incapacidad permanente, pensión de viudedad, recargo de las prestaciones económicas y seguros de accidentes)”.
“
El reconocimiento como enfermedad profesional permitiría evitar las reclamaciones administrativas y/o judiciales que, previsiblemente numerosas, llegarán”, alerta. Además, pese a celebrar la sentencia de la Justicia alicantina, recalca que, a día de hoy, “seguimos lamentando que a los médicos solo les quede este camino de la reclamación individual, al no ser extensible a todos esta sentencia”.
De Lorenzo asegura que, “con seguridad”,
la esta sentencia “será recurrida”, a la vez que se seguirá “sin el reconocimiento de los riesgos de la profesión médica y, en su caso, la declaración de profesión de riesgo de los médicos, teniendo en cuenta la siniestralidad en el sector, la penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones de trabajo así como la incidencia en los procesos de incapacidad laboral que genera, y los requerimientos exigidos para el desarrollo de su labor sanitaria”.
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