La Justicia ha desestimado la demanda interpuesta por Satse contra la
reordenación de efectivos afectados por el
cierre de antiguos centros y la apertura de nuevas instalaciones de
continuidad asistencial (PAC), según han informado fuentes del Gobierno de la Comunidad de Madrid.
El objeto de la demanda era la Resolución de 28 de diciembre de 2022 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Sermas, por la que se procedió a la
reordenación de efectivos afectados por el cierre de antiguos centros y la apertura de los nuevos.
Satse alegaba en su demanda la vulneración del derecho fundamental a la
libertad sindical en su vertiente de negociación colectiva y del derecho fundamental a la igualdad en el acceso al empleo público,así como una supuestamenta violación del derecho fundamental a la
igualdad en el acceso al empleo público.
Según han señalado desde el Ejecutivo autonómico, la sentencia determina sin embargo la existencia de un
"verdadero proceso de negociación entre las partes en la Mesa Sectorial de Sanidad", tanto sobre los distintos modelos asistenciales propuestos para la reorganización de las urgencias extrahospitalarias como para la reordenación de los efectivos afectados por dicha reorganización por el cierre de los
SUAP y SAR.
"Negociaciones en las que se ha incluido las
condiciones laborales, jornada y horario de los profesionales, y así mismo, afirma que se ha puesto a disposición de la Organización sindical toda la documentación e información sobre el proceso", añaden.
La sentencia incide en que el proceso negociador se vio
interrumpido por las huelgas convocadas por parte de las organizaciones sindicales y fue retomado con posterioridad en base a los compromisos alcanzados con el Comité de Huelga el 17 de noviembre de 2022.
El juez concluye que
sí ha existido un proceso de negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad sobre el proceso de reordenación de efectivos de los SUAP y los SAR, respecto al establecimiento de la nueva jornada y horario de los profesionales, entre otros aspectos de la relación laboral, así como respecto al proceso de movilidad que comporta y que se rige por las previsiones del artículo 9.1 del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Sermas, y de la reorganización del modelo asistencial de los centros sanitarios 24 horas de Atención Continuada, con clara voluntad de negociación por parte de la Administración.
Derecho a la igualdad en el acceso al empleo público
Igualmente desestima la vulneración del derecho fundamental a la
igualdad en el acceso al empleo público alegado, incidiendo en que no hay cambio de categoría de los enfermeros de urgencias, porque la urgencia es una modalidad dentro de la categoría, y determinando que se ha procedido a una reordenación de efectivos según las necesidades sanitarias de conformidad con lo previsto en el Estatuto Marco y en el apartado 9.1 del Plan de Ordenación de RRHH del Sermas.
El Juzgado desestima íntegramente la demanda, declara ajustada a derecho la
Resolución de Reordenación de Efectivos, declara que no existe vulneración de Derechos Fundamentales, y condena en costas a sindicato SATSE.
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