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La Justicia reconoce las vacaciones para la carrera profesional en sanidad

El personal temporal tiene derecho a que este periodo compute para la antigüedad y otros complementos

Dos sanitarios terminan su jornada en pleno debate judicial sobre el peso de las vacaciones en la carrera profesional.


04 nov 2025. 18.30H
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La Justicia reconoce que los días de vacaciones retribuidas y no disfrutadas en sanidad contabilicen para trienios y carrera profesional. Así lo reconoce una sentencia, a la que ha tenido acceso Redacción Médica, que ha ganado la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO en el País Valenciano.

El caso se remonta a una celadora del Departamento de Salud de La Fe que tuvo diferentes contratos cortos cuando era personal temporal de sanidad y en cada periodo, las vacaciones se le pagaban pero no las disfrutaba, "como es habitual", según el sindicato.

Este tiempo alcanzó unos 21 días, que ahora, gracias a la sentencia se le reconocen como tiempo prestado a efectos de trienios y también para el cobro de los complementos de carrera y desarrollo profesional.

Trato al personal temporal


Según el sindicato, la Conselleria de Sanidad discrimina al personal que realiza nombramientos de corta duración, ya que, además de impedir el disfrute de vacaciones junto con su correspondiente compensación económica, sustituye dicho derecho con tiempo efectivo de trabajo.

Asimismo, se imponen las costas a la Administración y se le ordena tanto el recálculo como el abono de la antigüedad y de los complementos citados con los efectos económicos y administrativos correspondientes, incluyendo el pago de los intereses.

Contra la resolución judicial cabe recurso pero este sindicato considera que la misma subraya con contundencia que la diferencia de trato, entre personal temporal y fijo, en el cómputo de las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, es discriminatoria.

El sindicato considera que "esta sentencia no solo sienta un precedente significativo para la trabajadora afectada, sino que marca un hito crucial para todo el personal temporal de la Conselleria de Sanidad". Además, añade que "la victoria judicial de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO en el País Valenciano es una rotunda afirmación de la igualdad de derechos, asegurando que el tiempo de servicio del personal interino sea valorado de forma justa y completa, con las repercusiones económicas y profesionales en el reconocimiento de trienios y complementos de carrera y desarrollo que ello conlleva".
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Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.