El juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo ha estimado la demanda interpuesta por el sindicato médico CESM Galicia, en nombre de un facultativo especialista de Reumatología del Hospital Lucus Augusti (HULA), en la que reconoce el derecho a percibir el prorrateo de guardias correspondiente al periodo de disfrute de permiso por paternidad de este médico.
Según informa el sindicato, este médico "disfrutó del permiso por nacimiento de hijo (paternidad); y asimismo del permiso por parto (uso compartido baja maternal con la esposa)", pero "en dichos periodos de baja por paternidad/maternidad, el facultativo no percibió la cantidad correspondiente al prorrateo de guardias".
Por ello, inicialmente, el médico solicitó a la dirección de gerencia del HULA que le abonasen el prorrateo de guardias correspondiente a los citados períodos, pero "no obtuvo respuesta". Posteriormente, el facultativo interpuso recurso de alzada ante la Dirección de recursos humanos de su servicio de salud, "y tampoco obtuvo respuesta en el plazo legalmente establecido".
En consecuencia, el facultativo, "se vio obligado a acudir a los tribunales de justicia, que ahora han reconocido su derecho a percibir el prorrateo" de guardias correspondiente a los períodos de disfrute del permiso de paternidad y maternidad (uso compartido).
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