El Hospital San Juan de Dios de Sant Boi de Llobregat ha sido condenado por la Justicia a pagar los complementos retributivos medios (guardias, festivos y atención continuada) que no se incluyeron en la nómina de los periodos vacacionales. Además, obliga al centro a aumentar este monto en un 10 por ciento en concepto de intereses de demora, a contabilizar desde 2015.
El sindicato Metges de Catalunya (MC) fue quien interpuso una demandada por el impago de estos complementos, entre los que se incluye el de atención continuada, las guardias, el plus de sábado, domingo y festivos a los profesionales del hospital.
El juzgado se ha basado en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de 2017 que estableció que las empresas del sector sanitario deben satisfacer en la retribución de las vacaciones el complemento de atención continuada, la media de las guardias –tanto presenciales como de localización- y el complemento por trabajar en sábado, domingo o festivo, dado que forman parte de la retribución habitual o media de los trabajadores.
A pesar de que la sentencia puede ser recurrida ante el TSJC, desde el sindicato esperan que no se lleven a cabo estas acciones ya que en su opinión "solo conllevaría un incremento de los importes globales y de los intereses generales".
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