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La Justicia obliga a valorar el trabajo en la sanidad privada en las OPE

Se trata de una resolución judicial del Juzgado Contencioso-administrativo que será recurrida por la Administración

Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida.

05 ene 2018. 14.40H
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POR SERGIO LÓPEZ
La experiencia en los centros sanitarios privados se tendrá que valorar en la próxima OPE del Servicio Extremeño de Salud (SES), según una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Mérida. La Consejería de Sanidad se inclina por recurrir, según ha explicado el consejero de Sanidad, José María Vergeles, aunque esperará a consensuar una decisión con los sindicatos, con los que acordó esta medida en el marco del ‘Pacto para la mejora de los procesos selectivos’.
 
La sentencia, que no es firme, estima favorablemente el recurso de 30 enfermeras que consideraban que debía baremarse su experiencia en la sanidad privada en la próxima OPE. El consejero ha recalcado que la sentencia “no paraliza las oposiciones”, cuyos exámenes comenzarán a celebrarse en los próximos meses, lo cual “es una buena noticia para los miles de ciudadanos que han decidido apostar por el empleo público en el SES”.
 
Vergeles ha explicado que los Servicios Jurídicos de la Junta de Extremadura estudiarán esta sentencia y ha adelantado que es muy posible que se recurra al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). “Nosotros somos proclives a recurrir la sentencia, pero seremos muy respetuosos con el diálogo social”, ha adelantado Vergeles, quien ha indicado que la opción de no baremar la experiencia profesional en la sanidad privada “se decidió por todos los integrantes del pacto, para agilizar los procesos selectivos”.
 
El consejero ha entendido que pedir que se valore como mérito esta experiencia en privada puede parecer “razonable”, pero ha explicado que la sentencia no acota a qué colectivos debe aplicarse –sólo a la Enfermería, al personal sanitario en general o también a los no sanitarios– lo cual, “genera dudas”. “En el caso de las oposiciones a pinche de cocina, ¿habría que valorar su experiencia en hostelería?”, se ha preguntado.  
 
La sentencia argumenta que “lo concertado en un pacto no puede vulnerar principios tales como el de igualdad en el acceso a la función pública o los de mérito y capacidad”. En cuanto a las razones de la Junta y los sindicatos para excluir la baremación de la privada, que se consideraba complicada y conflictiva, el juez señala que “la mera mención de evitar litigiosidad o hacer más ágiles los procesos selectivos, no se estima que cumplimente la explicación precisa del motivo por el que se excluye la experiencia profesional obtenida en el ámbito privado, concertado o no, de los profesionales que traten de participar en los procesos selectivos”.

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