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La Justicia obliga a que los MIR con guardia el domingo libren los viernes

Así lo ha reconocido en una sentencia pionera por parte del TSJM que afecta a todo el Sermas

Exteriores del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

28 feb 2022. 14.20H
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POR OLALLA BATRES
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se mantiene firme ante el reconocimiento de que la vulneración del derecho al descanso de los Médicos Internos Residentes (MIR) no solo se produce los sábados, sino también cuando la guardia es en domingo, por lo que, en ese caso, todos los residentes de la Comunidad de Madrid tienen derecho a librar el viernes. Así lo subraya el órgano judicial a través de la desestimación del recurso de suplicación interpuesto por el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) ante dicha sentencia. Así, se abre la puerta a que cualquier médico residente de la Comunidad de Madrid pueda reclamar la vulneración y su correspondiente indemnización.

Según Jusamed, la plataforma especializada en la defensa jurídica de los derechos sociales, económicos y laborales del profesional sanitario detrás de este caso, que ha ganado esta sentencia, se trata de una “novedad que nadie había conseguido hasta ahora” y una “sentencia pionera en la materia”.

Hace apenas unos meses, el despacho ganó una sentencia por la cual se reconocía por primera vez la vulneración del derecho al descanso de los MIR del Hospital de Fuenlabrada y se condenaba al Sermas a indemnizarles por los días de descanso no disfrutados por la vulneración de la guardia del sábado como la del domingo. Este dictamen reconocía indemnizaciones que oscilaban entre los 5.000 y 9.000 euros por médico MIR, lo que consideran “un hito para el sector”.

Dicha sentencia establecía el derecho de las demandantes a un descanso semanal ininterrumpido de 36 horas en un periodo de referencia de 14 días, lo que ha de suponer bien 36 horas semanales de descanso ininterrumpido o bien 72 horas de descanso ininterrumpido en un periodo de 14 días para el caso de que, por razones del servicio, no se haya disfrutado del descanso de 36 horas semanales señalado.


El Sermas recurre la sentencia en suplicación


Según explica el equipo jurídico a Redacción Médica, el Sermas recurrió la sentencia en suplicación y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la semana pasada este recurso.

“Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el Letrado de la Comunidad de Madrid, en la representación que ostenta del Ente Público Hospital de Fuenlabrada, contra la sentencia dictada el 8 de junio de 2021, contra el ente público recurrente sobre reconocimiento de derecho y reclamación de cantidad y, en su consecuencia, debemos confirmar, como confirmamos, en su integridad la resolución judicial recurrida”, reza el escrito al que ha tenido acceso este periódico.

“Este paso no solo confirmó el criterio y las cuantías de la sentencia, sino que fue mucho más allá: dijo que no se discuten las horas trabajadas, o si las horas de guardia o libranza se consideran o no horario de trabajo, sino simple y llanamente que se ha vulnerado el derecho al descanso de los MIR, y que hay que indemnizarlos”, explica Jusamed.

Según el despacho, este razonamiento es "especialmente importante", pues, en la actualidad, algunos de los procedimientos se encontraban en suspenso, ya que en un sindicato minoritario interpuso un conflicto colectivo sobre si las guardias deben considerarse o no horas de trabajo. "Con este razonamiento, se abre la puerta a que cualquier médico MIR, sea del Sermas, o de cualquier hospital de la Comunidad de Madrid (como el de Fuenlabrada, Alcorcón o el Infanta Elena) puedan reclamar la vulneración y su correspondiente indemnización", concluyen.

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