El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid ha librado a
un farmacéutico de 63 años del pago de una deuda que ascendía a cerca de
cinco millones de euros. Los jueces han aplicado la ley de segunda oportunidad para condonar buena parte de los pagos pendientes en el
concurso de acreedores, que este trabajador autónomo arrastraba por abonos que no se habían resuelto en los últimos años.
El caso se remonta al año 2014, cuando una c
ompañía de productos farmacéuticos de León inicio el proceso contra el farmacéutico vallisoletano y logró que se reconociera una deuda de más de
800.000 euros. Sin embargo, su defensa ha logrado que se dé por valido que se produjo una
mala praxis en el procedimiento, según ha informado el Consejo General de la Abogacía Española.
El abogado del farmacéutico,
Ignacio Brágimo, que tomó el caso en 2019, ha conseguido demostrar en los juzgados que los responsables de la administración no habían realizado una
“valoración exhaustiva” de la farmacia. Mientras que tampoco se había dado de baja al titular de la oficina en el
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), lo que generó el devengo de nuevas cuotas y dejó el procedimiento parado durante años.
Una deuda pendiente de 18.000 euros
Finalmente, el Juzgado de Valladolid ha decidido dar por finalizado el procedimiento concursal, ante la
“inexistencia de bienes suficientes” por parte del implicado para poder satisfacer todos los créditos que tenía pendientes con sus acreedores. Los jueces han acordado la exoneración de los pagos ordinarios y subordinados, pero sí que tendrá que hacer frente al
abono de otros 18.000 euros pendientes.
“A pesar de que estaba completamente arruinado
, hemos podido salvarle la casa y podrá optar a un plan de pagos. Una vez cumplido antes de los próximos cinco años, mi cliente podrá consolidar la exoneración total del pasivo”, ha explicado el abogado defensor de la causa.
La resolución se ha dictado en virtud de la
Ley del Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de la Carga Financiera y Otras Medidas de Orden Social que el Consejo de Ministros aprobó en julio de 2015. “Su objetivo no es otro que permitir lo que tan expresivamente describe su denominación: que una persona física,
a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer”, reza el preámbulo de la normativa.
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