El
Tribunal Constitucional ha rechazado el último recurso presentado por el colectivo de mujeres que sufren efectos secundarios del fármaco
Agreal para la
menopausia. La asociación pedía que el
Ministerio de Sanidad asumiera la responsabilidad de esas consecuencias por su “inactividad” ante las reclamaciones presentadas contra la farmacéutica Sanofi, según adelantó recientemente
elDiario.es.
Agreal, cuyo principio activo era la
veraliprida, se comercializó en España durante más de dos décadas -entre 1983 y 2005- para tratar los sofocos de
mujeres menopáusicas. En 2004, el
Sistema Español de Farmacovigilancia detectó casos de trastornos y síndrome de abstinencia en mujeres que habían tomado este medicamento. Ya en 2005, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (
Aemps) retiró el permiso de comercialización. En septiembre de aquel año el fármaco fue retirado de las farmacias.
A partir de entonces hubo un aluvión de demandas judiciales que, según la
Asociación Agreal Luchadoras, se contaron por centenares. Sin embargo, la mayoría fueron rechazadas porque los supuestos delitos ya habían prescrito. Además, en algunas de las resoluciones de la
Audiencia Nacional se explica que el medicamento se retiró por “una reevaluación del balance beneficio-riesgo”, pero no porque se trataran estos de casos de “intoxicación masiva”.
Archivo de la querella contra Sanofi
En 2019,
la Audiencia Nacional dio carpetazo a una querella presentada contra la farmacéutica Sanofi por delitos de lesiones. Las afectadas aseguraban que la compañía había diseñado un producto que causaba
"trastornos neurológicos, psiquiátricos y reumatológicos" sin base científica, omitiendo alertas públicas y ocultando ensayos en los que no se descartaba la posibilidad de que el fármaco provocara reacciones adversas. Pero, entre otros motivos, los jueces indicaron que las demandantes no había aportado pruebas científicas de sus argumentos y que, por tanto, no se podía acreditar que el consumo de Agreal provocara esos efectos de forma masiva.
Tras ello, la asociación trató de que las autoridades judiciales declararan la inactividad del Ministerio de Sanidad por no haber reconocido el
síndrome por Agreal. La Audiencia Nacional rechazó esa posibilidad en 2020, y las afectadas recurrieron al Constitucional, que, ahora, también ha rechazado la reclamación. “La aparición de reacciones adversas no implica por sí misma que se esté ante una especialidad farmacéutica defectuosa”, argumenta el tribunal de garantías, según el fallo citado por
elDiario.es.
Además, fuentes del Constitucional citadas por el mismo medio aclararon que no se puede acusar de inacción al Ministerio de Sanidad porque sí que hubo
respuesta administrativa, a pesar de que no satisficiera las pretensiones de las reclamantes.
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