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La Justicia avala la decisión de un gerente que no autorizó la ozonoterapia

El Consejo General de Colegios de Médicos ha participado en la causa en calidad de codemandado

Hospital La Plana.

26 may 2022. 18.40H
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Un juez desestima el recurso contencioso administrativo contra el gerente del Hospital de La Plana por no autorizar un tratamiento de ozonoterapia. La Justicia ha denegado así el procedimiento interpuesto por Vanessa Bachero contra la decisión del gerente, que se produjo el 2 de agosto de 2021.

Una decisión judicial favorable al gerente en la que ha sido clave el trabajo de los Servicios Jurídicos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom), que ha participado en la causa en calidad de codemandado.

El gerente del Hospital de La Plana no autorizó que se aplicase al paciente, Juan Francisco Martí, el tratamiento con ozonoterapia, dirigido por el médico Juan Carlos Pérez, que solicitó Bachero, esposa del enfermo. El juez titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón, David Yuste, considera la decisión ajustada a Derecho, por lo que las costas irán a cargo de la recurrente, según consta en la resolución judicial a la que ha tenido acceso Redacción Médica.

La acusación consideró que la resolución del gerente entonces del departamento de salud del hospital de Castellón de la Plana, Miquel Rovira, era "contraria a derecho". No obstante, el juez tiene en cuenta el acta de la Comisión de Dirección del Departamento de La Plana, el informe del Comité de Bioética Asistencial del Departamento de La Plana a fecha de 5 de agosto de 2021, el informe del director médico del Hospital Universitario de La Plana de 4 de agosto de 2021 y el informe de 4 de agosto de 2021 del Servicio de Medicina Intensiva del Hospital Universitario de La Plana.

En el primero se hace constar expresamente que el tratamiento de ozonoterapia "no figura en los protocolos y guías clínicas para el tratamiento de pacientes con Covid-19. Su uso con esta indicación ni está avalado por la Agencia Española del Medicamento, ni cuenta con la necesaria evidencia científica".

¿Qué pasó con el paciente?


A parte de esta resolución judicial, el caso de este paciente con coronavirus de 49 años ya había sido judicializado, ya que finalmente sí recibió tratamiento con ozonoterapia por parte de un equipo externo en el Hospital de La Plana. Tras permanecer ingresado dos meses en el centro hospitalario el enfermo finalmente recibió el alta.

En esa sentencia, la magistrada sustituta del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón argumentó que, hasta ese momento, la atención médica recibida no había restablecido la salud del paciente y, en consecuencia, accedía a la petición de su esposa con un fin "compasivo" a falta de alternativas, puesto que no adoptar la medida podría generar perjuicios irreparables para la vida del paciente.

Sin embargo, el juez titular acordó levantar a partir del 1 de septiembre esa medida cautelar, al considerar que se había producido un "cambio sustancial" en las circunstancias, ya que no existía aún el riesgo de que se produjeran daños irreparables en el paciente.

Multitud de profesionales sanitarios, particulares y colectivos se manifestaron a las puertas de hospitales y centros de salud de la Comunidad Valenciana para dar apoyo a los trabajadores de La Plana. Además, el Gobierno valenciano llegó a anunciar que estaba estudiando emprender acciones legales contra la familia del paciente en cuestión por acusar a los médicos de "obstaculizar" el trabajo de los profesionales externos.

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