El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado el certificado covid o la prueba diagnóstica planteados por la Junta de Andalucía para el acceso de los usuarios a los espacios interiores de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera que la medida, que ya se aplica en hospitales y residencias, es "proporcionada" debido a que los destinatarios son los usuarios que decidan acudir al interior de estos establecimientos.
La decisión se produce después de que la Junta de Andalucía rectificara la petición ante el alto tribunal para que avalara la orden por la que se exige el pasaporte covid para el acceso a los establecimientos de hostelería y ocio nocturno, limitando su exigencia solo a clientes y no a los trabajadores del sector.
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