Ricardo Martínez Platel. Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso de un paciente que se produjo una infección a raíz de la extracción de una uña en el centro de salud, que se fue propagando al resto de los dedos y que a la postre acabó con la amputación de todos los dedos.
Según la sentencia, en la actuación médica examinada no se detecta negligencia por responsabilidad objetiva por el funcionamiento anormal o normal del servicio sanitario de referencia. A la evolución de la enfermedad de la paciente aquejada de grave patología de base causante de lesiones de las que fue atendida periódicamente hay que sumar que no se haya demostrado que los daños guarden relación de causalidad con el funcionamiento normal o anormal del servicio público.
El fallo admite que era un paciente con importantes riesgos por la diabetes y la hipertensión que conducen a infecciones y mala cicatrización de las heridas con una probabilidad muy alta de amputación por baja vascularización.
De este modo, las lesiones que presentaba el paciente concluyen con morbilidad y amputaciones en un gran porcentaje de casos, consecuencias que admite el propio perito de la parte recurrente, por lo que la infección ni su extensión pueden atribuirse a la citada circunstancia, sino a consecuencia de la propia enfermedad.