El
Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) indemnizará con 51.000 euros a la técnico de laboratorio del
Hospital del Oriente Fundación Francisco Grande Covián que fue condenada por haber envenenado a dos de sus compañeros. Así lo establece una sentencia de la sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias, a la que ha accedido
Redacción Médica, que da la razón a la trabajadora por haberse tramitado erróneamente el expediente de su despido.
No obstante, la compensación realizada por el Sespa es por una cuestión estrictamente laboral y es completamente independiente de la causa penal. De hecho, el TSJ de Asturias le dio
la opción de indemnizar o readmitir a la técnico de laboratorio por esta cuestión. Desde el servicio de salud se optó por la primera opción para subsanar su error administrativo y así evitar la vuelta de esta profesional que había sido condenada penalmente por una causa distinta.
Consulte la sentencia dictada por el TSJ de Asturias.
Agua envenenada
La mujer prestó sus servicios en el laboratorio de Microbiología del Hospital del Oriente ubicado en la localidad asturiana de Arriondas. Las investigaciones revelaron que
había cogido la botella de agua de una compañera para inyectarla en su interior “un líquido de aspecto sanguinolento, contaminando el contenido de la botella, con ánimo de atentar contra su integridad moral y personal”, según la propia sentencia.
Hizo lo mismo con un segundo compañero. En ambas ocasiones inyectó en las botellas un
“líquido compatible con ácido clorhídrico (salfumán)”, provocando que el contenido de las mismas presentase un pH ácido, “nocivo para la salud humana”, y altas concentraciones de cloruros. De hecho, los dos afectados sufrieron un cuadro de ansiedad que precisó de “tratamiento médico y originó su baja laboral”.
Por este motivo, el Sespa le abrió un expediente disciplinario para, en el plazo de 12 meses marcado por ley, proceder a su despido. Sin embargo, el servicio se excedió en el plazo, fallando en la tramitación y
considerándose así el despido como improcedente por superar el citado periodo. Por eso, la trabajadora, por entonces imputada, denunció al Sespa por los perjuicios derivados de esta situación, y por lo cual el TSJ obligó al Servicio de Salud a indemnizarla o a su readmisión, dado que estuvo cuatro meses de inactividad no justificada.
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