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Guía contra las 'artimañas' de la Administración que lastran al médico

Se aconseja establecer contacto con abogados expertos en personal estatutario o laboral en el ámbito de la sanidad

Guillermo Llago, abogado y secretario técnico jurídico del Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-C.V).

18 may 2024. 12.00H
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Conocer los derechos como trabajadores es una cuestión esencial para todos los profesionales. Defenderse dentro de los ‘tejemanejes’ administrativos puede dar, como resultado, la consecución de retribuciones mayores, en caso de solicitar prestaciones, como por ejemplo, la de maternidad, especialmente en el caso de los sanitarios, que suman jornadas de guardia que, en ocasiones, no son contabilizadas. Por ese motivo, Guillermo Llago, abogado y secretario técnico jurídico del Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-C.V), ofrece a Redacción Médica una serie de consejos para sortear los posibles obstáculos y garantizar un trato equitativo por parte de la administración.

Asegurar las guardias médicas en el cálculo del subsidio por maternidad es una de las cuestiones de interés entre las profesionales sanitairas a nivel administrativo. Para esto, según Llago, es necesario que los convenios colectivos o las negociaciones en mesas sectoriales establezcan normas que obliguen al empleador a complementar la prestación del Instituto Nacional de Salud (INSS) hasta alcanzar el promedio de las guardias médicas realizadas con anterioridad. Se trata de una complementación que ya existe en algunas Comunidades Autónomas “para que la maternidad/ paternidad y el embarazo no supongan una merma retributiva”.

“El médico, cuando está percibiendo la prestación por cuidado del menor, lo está haciendo del INSS, a quien le corresponde el pago del 100 por ciento de su base regulada, que en 2024, supone una cantidad de 4720,50 euros” detalla el abogado. Según explica, el INSS no puede abonar mayor cantidad que la base reguladora máxima.

“A través de los convenios colectivos o de las negociaciones en mesas sectoriales hay que establecer normas, para que una vez se produzca la incorporación del personal, les abone su empleador el promedio de las guardias médicas realizadas con anterioridad” añade. Ya existe esa complementación en algunas Comunidades Autónomas.

Además, el abogado aconseja que, para respaldar la inclusión de las guardias médicas en el subsidio por maternidad, es necesario guardar las nóminas de los 6/12 meses previos a la solicitud de la prestación y, si es necesario, “plantear una demanda frente al empleador”.


Contabilizar las guardias médicas de cara a la jubilación


La jubilación presenta un dilema similar relacionado con las guardias médicas. En este supuesto, Llago señala que, con la legislación actual, no existen mecanismos que permitan incluir las guardias en las bases de cotización, ya que la mayoría de los médicos ya están en bases máximas.

Una posibilidad sería considerar las guardias como un trabajo penoso e incluir a los médicos en el Decreto de jubilación anticipada por realizar actividades peligrosas, penosas. “En ese caso podrían adelantar la edad de jubilación o podría ser tenido en cuenta como mayor tiempo trabajado”, detalla el abogado.

Sin embargo, con la legislación actual en relación con la jubilación “no hay nada que hacer”, según Llago, salvo que se plantee “una reforma”.


¿Existen "trampas" administrativas para sanitarios?


Llago considera que la administración no tiene trampas. A pesar de ello, señala que su “no regulación” como norma específica sí puede ser una pequeña artimaña respecto al tema de la prestación por cuidado de un menor. “En la jubilación el panorama es diferente por el tope que existe de bases de cotización”, detalla.

Por supuesto, existen casos en los que los profesionales pueden considerar que es necesario presentar una reclamación. En el caso de las demandas relacionadas con la inclusión de las guardias médicas en el subsidio por maternidad, existe un plazo de cuatro años para el personal estatutario y de un año para el personal laboral. “A mi entender y con la legislación actual yo considero que nada se puede reclamar en materia de jubilación”, añade Llago.

Por último, si un profesional sanitario considera que ha sido objeto de trato desigual por parte de la administración, puede presentar una demanda ante las jurisdicciones competentes, laboral o contencioso-administrativa. De cara a proteger sus derechos y garantizar procesos justos en trámites administrativos, Llago aconseja establecer contacto con abogados expertos en personal estatutario o laboral en el ámbito de la sanidad.
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Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.