La Justicia en España avala la exención de guardias para el personal sanitario interino mayor de 55 años. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Tsjclm). El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha había negado este derecho, reconocido para el personal fijo, a un trabajador temporal, "llevando a cabo un flagrante ejercicio discriminatorio a pesar de la norma comunitaria".
La doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece "con rotundidad", tal como recuerda el Tsjclm, que "los trabajadores con contrato con duración determinada no pueden, sin que exista justificación objetiva, ser tratados de manera menos favorable que los trabajadores fijos que se encuentran en una situación comparable".
El Servicio de Salud en cuestión había recurrido la sentencia lograda por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo, en septiembre de 2020, argumentando razones de organización anual del tiempo y de trabajo y amparándose en la conocida como Ley Cospedal (Ley 1/2012, de 21 de febrero), que contemplaba la pérdida en los módulos de exención de guardias para mayores de 55 años para todo el personal fijo y temporal.
"Se siguen aplicando y manteniendo recortes y desigualdades, se siguen amparando en la Ley Cospedal para continuar con derechos congelados que nunca nos deberían haber quitado", asegura la presidenta de CSIF Sanidad Castilla-La Mancha, Sacramento Rodríguez.
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