El Tribunal Supremo ha estimado un recurso presentado por Comisiones Obreras (CCOO) contra el Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, dado que la administración pública no contó con los sindicatos en la mesa de negociación.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Redacción Médica, se puede extrapolar al ámbito sanitario, a la hora de incluir a los sindicatos de clases en las negociaciones colectivas que tienen las administraciones sanitarias con los profesionales sanitarios.
Y es que, según reza la sentencia, en la negociación de dicho RD la administración al no implicar a los sindicatos, “convierte la negociación colectiva "en mero trámite vacío de contenido práctico" y, como quiera que la "buena fe en la negociación por parte de la Administración reclama trascender de una mera apariencia (...)", en la medida en que no ha existido intención alguna de convenir, "hay que entender que se obstaculiza y desvirtúa por parte de esa Administración (...) el ejercicio de la facultad negociadora de los sindicatos" y "se acarrea con ello la vulneración del derecho a la libertad sindical" con el consiguiente vicio de nulidad del Real Decreto”.
Es por ello que, concluye la sentencia, la Administración no respetó el derecho del sindicato actor a negociar el contenido del que será el Real Decreto 101/2019 y la consecuencia debe ser la declaración de la nulidad de dicho Real Decreto a fin de que se retrotraiga el procedimiento para que se lleve a cabo la negociación que no se produjo en su día”.
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