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Europa limita el acceso de los pacientes a sus propios historiales médicos

La Comisión podrá limitar el acceso cuando éste suponga un riesgo para la salud del interesado

Jean-Claude Juncker, presidente de la Comisión Europea.

31 ene 2019. 12.30H
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La Comisión Europea ha acordado establecer normas internas acerca de la limitación del derecho de a acceso de los interesados a su expediente médico. En su Decisión marca las condiciones y los casos en los que la institución europea puede restringir el acceso de la persona a sus datos médicos.

Según establece, la Comisión podrá limitar, caso por caso, el derecho de los interesados a acceder directamente a sus datos médicos de naturaleza psicológica o psiquiátrica cuando el acceso a los mismos pueda suponer un riesgo para la salud del interesado. Esta limitación será proporcionada a lo estrictamente necesario para proteger al interesado.

Se concederá el acceso a esta información a un médico elegido por el interesado. Asimismo, en esos casos, el servicio médico rembolsará al interesado, previa solicitud, la parte del coste de la consulta con el médico al que se haya concedido acceso al expediente médico que no haya sido reembolsada por el Régimen Común de Seguro de Enfermedad (RCSE).

El reembolso no excederá de la diferencia entre el límite máximo establecido en las disposiciones generales de ejecución relativas al reembolso de los gastos médicos y el importe reembolsado al interesado por el Régimen Común de Seguro de Enfermedad de conformidad con esas normas.

Dicho reembolso por el servicio médico estará supeditado a la condición de que no se haya concedido ya el acceso a los mismos datos.


Cuando afecte negativamente a sus derechos y libertades


Asimismo, la Comisión podrá limitar, caso por caso, el derecho de acceso de los interesados a los datos médicos personales en su poder cuando el ejercicio de ese derecho vaya a afectar negativamente a los derechos y libertades del interesado o de otros interesados.

Cuando este organismo limite el derecho de acceso de los interesados a estos datos, se informará a la persona por escrito y sin demora injustificada de la limitación y de los motivos que la sustentan. También informará al interesado de la posibilidad de presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos o de interponer un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


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