El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha
desestimado definitivamente los recursos de los ciudadanos británicos que impugnaban la pérdida de sus derechos de ciudadanos europeos, entre los que se encuentra el
derecho a la asistencia sanitaria en cualquier país miembro, como una de las consecuencias del Brexit.
Según ha informado el propio Tribunal a través de una nota de prensa, la pérdida del estatuto de ciudadano de la Unión y, consiguientemente, del derecho a la sanidad pública y la asistencia médica en los países de la UE es una de las
consecuencias automáticas "de la mera decisión de retirarse de la Unión, adoptada soberanamente por el Reino Unido".
Esto hace referencia al
referéndum británico organizado en 2016, en el que la mayoría de los electores optó por la salida del Reino Unido de la UE. En consecuencia, el Reino Unido notificó al Consejo Europeo su intención de
retirarse de la UE. Seguidamente, los representantes del Reino Unido y de la UE firmaron el Acuerdo sobre el Brexit el 24 de enero de 2020. El Consejo de la UE aprobó este acuerdo, en nombre de la UE, mediante Decisión de 30 de enero de 2020. Por último, el Reino Unido se retiró de la UE el 31 de enero de 2020.
La pérdida de la asistencia sanitaria, una de las consecuencias
En el marco de tres acciones distintas ejercitadas ante el Tribunal General,
ciudadanos británicos residentes en el Reino Unido y en diferentes Estados miembros
impugnaron sin éxito el Acuerdo sobre el Brexit y la Decisión del Consejo, alegando, entre otras razones, que tenían por efecto
privarles del derecho a la asistencia médica, entre otros derechos que habían adquirido y ejercido como ciudadanos de la UE. El Tribunal General declaró, mediante un auto, que sus recursos eran inadmisibles.
De este modo, para los ciudadanos británicos, la
pérdida del estatuto de ciudadano de la Unión y, consiguientemente, del derecho a la sanidad, así como otros derechos asociados a este estatuto, es una consecuencia automática de la mera decisión adoptada soberanamente por el Reino Unido de
retirarse de la Unión, y no una consecuencia del Acuerdo de Retirada o de la Decisión del Consejo. El Tribunal de Justicia concluye que los ciudadanos británicos carecen de interés en ejercitar la acción y que, en consecuencia, el Tribunal General declaró legítimamente que sus recursos eran inadmisibles.
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