La Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (
TSJA) ha
estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el
Colegio de Dentistas de Córdoba contra la
sanción por una supuesta infracción de la Ley de Defensa de la Competencia del Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía.
Esta resolución imponía al Colegio de Dentistas de Córdoba una
sanción económica de 10.961,71 euros, además de la obligación de remitir a todos los colegiados el contenido íntegro de dicha resolución, como autor responsable, junto a otros, de una infracción consistente en “la toma de decisiones y emisión de recomendaciones colectivas para
imponer la elección del protésico dental por los dentistas, de forma restrictiva de la competencia”.
Ahora, el TSJA
anula la resolución sancionadora al Colegio de Dentistas de Córdoba “por considerarla disconforme con el ordenamiento jurídico” y condena al Consejo de la Competencia de Andalucía y al Colegio de Protésicos Dentales de Andalucía a
pagar las costas, con un límite de 1.000 euros.
La sentencia no es firme y cabe presentar recurso de casación contra la misma.
Otras sentencias anuladas
Recientemente, el
TSJA ha anulado tres sentencias que sancionaban con 54.068 euros al Colegio de Dentistas de Sevilla, con 9.352 euros al Colegio de Dentistas de Almería y con 3.440,42 euros al Colegio de Dentistas de Jaén, todas por considerar que se hicieron recomendaciones colectivas que limitaban a los pacientes la elección de protésico dental.
El Consejo General de Dentistas valora de forma muy positiva la decisión tomada por el Alto Tribunal ante esta resolución judicial y felicita por sus acciones al Colegio de Dentistas de Córdoba y a su Asesoría Jurídica.
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