El
Tribunal Supremo ha desestimado la petición de la Asociación Nacional de Interinos y laborales que solicitaba medidas cautelares contra la
OPE nacional en sanidad por entender que de aceptar dicha pretensión “se producen más daño al interés general (si paralizan) que a los posibles afectados”. Esta sentencia sigue el mismo razonamiento jurídico expuesto hace tres meses por la
Audiencia Nacional.
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Según la asociación, esta oferta de empleo público “atenta contra los derechos de los empleados públicos, contratados y nombrados, con abuso de derecho por el Estado y de forma endémica por todas las administraciones.
Esta situación afecta a más de 800.000 empleados públicos”.
“Los alegatos que efectúa la asociación recurrente en defensa de su pretensión para la viabilidad de la medida cautelar, en el correspondiente otrosí, son sumamente parcos en relación con la disposición impugnada sin perjuicio de la amplia reproducción de jurisprudencia de esta Sala y del Tribunal Constitucional”, justifica la sentencia.
En este sentido, tal cual objetan
Abogado del Estado y Ministerio Fiscal, “no se dan las circunstancias para atender a la suspensión de una disposición con la proyección de la impugnada en que el interés público
exige la no paralización del amplio número de convocatorias de plazas de empleo público que ampara”.
Imposición de costas
El resultado de la sentencia procede además a un pronunciamiento expreso condenatorio sobre costas a dicha asociación,
a la cual se le impone la cifra máxima que asciende hasta los 600 euros.
Esta OPE beneficia, según cifras de CSIF, a 76.184 plazas de estabilización de las 167.000 convocadas, la mayoría se han destinado al personal estatutario de servicios públicos de salud, para los que el Gobierno de Montoro prometió un total de 130.000 plazas. No obstante, el sindicato pide celeridad en la convocatoria de las plazas que faltan:
"Estaríamos hablando de entre 60.000 y 70.000 plazas en sanidad sin convocar".
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