El
Tribunal Supremo ha validado los
estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) aprobados en 2016, y que fueron
impugnados por el Colegio de Médicos de Barcelona, al considerar, entre otros razonamientos, que “se introdujeron
modificaciones al proyecto que no fueron votadas en la Asamblea General”.
Ahora, el Alto Tribunal estima en su sentencia, a la que ha tenido acceso
Redacción Médica, que los estatutos aprobados en aquel entonces por el Cgcom son
conformes a derecho, y desestima la demanda del colegio barcelonés, sin imponerle las costas del proceso judicial al considerar que “existían dudas objetivas con respecto a la norma impugnada”.
Aun así, el Supremo desestima uno por uno los razonamientos jurídicos que plantea el Colegio de Médicos de Barcelona, señalando que en esta demanda “la cuestión es quién y con qué alcance se ejerce la indisponible
potestad de tutela sobre el Colegio Provincial y la demandante parece que quiere evitar la tutela interna o corporativa nacional, exigible máxime si el
Consejo General aprueba los Estatutos generales que afecta a la organización general de una profesión”.
“La
Jurisprudencia de esta Sala aprecia el
carácter básico de los mismos sstatutos al tratarse de una norma reglamentaria que emana del órgano corporativo superior de la organización médica nacional, como tal es aprobado por la Administración General del Estado para el ejercicio de su función representativa de los intereses corporativos en el ámbito nacional o internacional”, razona el Tribunal Supremo.
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