El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado un toque de atención a España por, supuestamente, no poner los límites debidos a los
abusos de temporalidad laboral. Solo en el sector de la sanidad, el porcentaje de trabajadores vinculados de esta forma a una administración o empresa oscila
entre el 35 y el 40 por ciento, según las fuentes jurídicas consultadas por
Redacción Médica, que confían en que el posicionamiento del TJUE de más amparo a aquellos profesionales que vienen encadenando un contrato tras otro desde hace años e incluso décadas. No obstante, matizan que dicho dictamen no asegura que les vayan a hacer
fijos: “Hay posibilidades, pero tendrán que defenderlo en el juzgado”, advierten.
Este mismo jueves trascendía el dictamen de Alto Tribunal europeo, que recrimina al Gobierno de España que
no haya mediado lo suficiente para evitar los abusos de temporalidad. Una ‘dejación’ que supone el
incumplimiento del Acuerdo Marco comunitario sobre los trabajos de duración determinada y, por tanto, un caldo de cultivo para la proliferación y concatenación de
contratos no fijos, incluido en el ámbito de la sanidad tanto pública como privada.
La sentencia señala directamente a los
“indefinidos no fijos”, cuyos contratos, según el TJUE, “deben considerarse como de
duración determinada a efectos del Acuerdo Marco” Y, por lo tanto, está comprendido en el ámbito de aplicación de este", reza el dictamen.
Lo cierto es que, en los últimos años, el Ejecutivo central ha tratado de maniobrar para minimizar la temporalidad en la sanidad y otros sectores especialmente afectados. Por ejemplo, con la ley de temporalidad en el empleo público, con la que se pretendía
reducir este tipo de contratos hasta el 8 por ciento.
Vicente Matas, coordinador del Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, reconoce no obstante que el impacto hasta el momento en el ámbito de la salud ha sido muy escueto.
“Los contratos temporales se van reduciendo, pero el
proceso es muy lento”, asume el facultativo jubilado, que incide en que la resolución de los concursos de oposición “están tardando demasiado”. “Es verdad que
la temporalidad sigue siendo un problema grave en la sanidad”, concluye.
Ser fijo en sanidad dependerá de la Justicia española
El futuro, por el momento, es difuso. Ni siquiera el dictamen del TJUE asegura a los trabajadores temporales que su situación vaya a cambiar, afirma
Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados y especialista en derecho laboral, quien recalca que “todo aquel que vaya al juzgado puede defender ser fijo y tiene posibilidades de que prospere”. “Pero
será el juez el que lo determine”, sentencia.
Valero confía en que el ‘tirón de orejas’ de Europa a España redunde en la temporalidad enquistada en el sector de la sanidad, aunque “
muchas veces los empleados públicos se quedan aparte” de este tipo de posicionamientos.
“Es una jurisprudencia que los
juzgados españoles se oponen a aplicar; todo aquel que vaya al juzgado puede
defender que es fijo y hay posibilidades de prosperar, pero
no es seguro”, reitera.
La propia Justicia europea reconoce que los Estados miembros "
no tienen la obligación, al amparo del Acuerdo Marco, de convertir una relación laboral temporal en fija", aunque matizan que esa circunstancia será válida "cuando existan normas internas que permitan sancionar y disuadir el abuso en contratación temporal".
Medidas de Bruselas frente a la temporalidad
Hace tiempo que la
Comisión Europea viene ejerciendo presión sobre los Estados miembros para que
‘blinden’ a los trabajadores que sufren abusos de temporalidad. Fuentes del organismo que dirige
Ursula von der Leyen indicaron que, entre otras medidas, se persigue introducir en las legislaciones nacionales herramientas eficaces para
paliar este tipo de situaciones.
Asimismo, también se incluye la prohibición de tratar a los sanitarios u otros trabajadores de una manera
"menos favorable" que aquellos que cuenten con puestos fijos comparables.
Desde Bruselas avisan que se supervisará la transposición, aplicación y cumplimiento de las normas de la UE. “En caso de duda sobre el cumplimiento por parte de un Estado Miembro, la Comisión puede iniciar un proceso de infracción”, concluyen.
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