El plan de dentista municipal queda descartado. Y es que el Tribunal Supremo ha confirmado definitivamente la resolución judicial que declara la
falta de competencia del Ayuntamiento de Barcelona para prestar servicios de Odontología. El organismo judicial considera que el ente municipal no es el encargado de gestionar el mencionado servicio de salud, con lo que secunda la opinión tanto de los Juzgados de Barcelona como del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. "Esta sentencia supone un precedente en la defensa de las competencias profesionales y en la garantía de la gestión de los servicios públicos de salud en
Cataluña", han afirmado desde el Col·legi Oficial d’Odontòlegs i Estomatòlegs de Catalunya (COEC).
El litigio entre la institución colegial y el consistorio de la capital catalana se ha prolongado durante
más de tres años. Comenzó el 30 de abril de 2021, cuando el Juzgado de lo Contencioso número siete de Barcelona estimó el recurso presentado por COEC contra el acuerdo del Pleno del Consell Municipal de Barcelona, que pretendía que la administración municipal prestara servicios de
Odontología a través de Barcelona Serveis Municipals (BSM). El juzgado dictaminó que los entes locales no tienen competencia para ofrecer estos servicios, declarando nulo ese acuerdo e imponiendo los costes procesales al Ayuntamiento.
Posteriormente tanto BSM como el Ayuntamiento de Barcelona interpusieron un recurso de apelación defendiendo la legalidad de su actuación. Sin embargo, el
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en
sentencia de 20 de octubre de 2022, desestimó los recursos presentados, reiterando que "el Ayuntamiento carece de competencia para la prestación de estos servicios" e imponiendo de nuevo los costes en las partes apelantes.
Invasión de competencias
Pese a los intentos por parte de Foment de la Ciutat -anteriormente BSM- y el Ayuntamiento de Barcelona de recurrir ante el Tribunal Supremo, la máxima instancia judicial española ha tumbado el plan municipal por invasión de competencias, ya que esta pertenece a la Generalitat de Catalunya, por lo que se
provocaría una situación de duplicidad. Asimismo, la sentencia ha señalado el incumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en la gestión de estos servicios.
La resolución del Tribunal Supremo, que impone los costes procesales a los recurrentes, es firme y
no permite recurso alguno. "Este desenlace judicial refuerza la protección de las competencias profesionales en el ámbito de la odontología y garantiza una prestación correcta y eficiente de los servicios públicos, siempre dentro de los marcos legales correspondientes", ha sentenciado el presidente del COEC, German Pareja.
El objetivo del Ayuntamiento de Barcelona era establecer
un modelo de dentista municipal para toda la población. Este pretendía ofrecer precios entre un 15 y un 40 por ciento inferiores a los del sector privado. Asimismo, el consistorio contaba con un servicio de dentista gratuito para personas en situación de vulnerabilidad, el cual todavía permanece activo.
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