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El Supremo anula la categoría equivalente del Sanitario técnico

La denuncia había sido presentada por el Colegio Profesional de Técnicos Superiores Sanitarios contra el RD 184/2015

Exteriores del Tribunal Supremo.

12 jun 2017. 12.30H
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POR REDACCIÓN
El Colegio Profesional de Técnicos Superiores Sanitarios de la Comunidad Valenciana, ha conseguido anular en el Tribunal Supremo, el Anexo relativo al catálogo de equivalencias profesionales (personal Sanitario técnico grupo c1, técnico superior especialista), correspondiente al real Decreto 184/2015 de 13 de marzo, que regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud en la Comunidad Valenciana. 

Así lo expone el Boletín Oficial del Estado de este lunes que recoge la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 23 de marzo de 2017 al considerar que esa denominación no había sido sometida a audiencia.

El Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, aprobado hace dos años, tenía el fin de regular el catálogo homogéneo de equivalencias en cuanto a categorías profesionales del personal estatuario del Sistema Nacional de Salud (SAS). 

De este modo, la sentencia del Alto Tribunal reconoce que se debía haber dado trámite de audiencia a la entidad colegial citada; y por ese motivo, se anula dicho anexo, en el cual venían reflejadas erróneamente algunas denominaciones de las titulaciones oficiales, y el grupo de clasificación C1, en lugar del grupo B.



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