La
regulación legal del amianto es extensa y cada vez más concreta en España, país que en 2006 prohibió la exposición a este peligroso mineral en tareas de producción. En el camino para
resarcir a los afectados por el asbesto cobran también un papel relevante los
Servicios de Neumología, encargados no solo de la asistencia clínica de los pacientes sino también de su acompañamiento jurídico.
La mesa de aspectos legales del amianto, al completo.
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De los aspectos legales del tratamiento de enfermedades por amianto ha dado buena cuenta
María Fernanda González, jefa de la Unidad Técnica de Salud Laboral en el
Hospital Universitario de Getafe, que ha sido protagonista en la nueva
Jornada Interhospitalaria de Neumología organizada por
Redacción Médica con el auspicio de la
Fundación Neumomadrid y la colaboración de
Oximesa Nippon Gases.
Según ha explicado González, una de las claves legislativas sobre el amianto radica en la norma sobre prevención de riesgos laborales, que establece que los trabajadores que han tenido una exposición al asbesto y son por ello susceptibles de enfermar han de ser
resarcidos más allá de que haya concluido su vínculo con la empresa. Con el RD 1299/2006 se aprobó el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de Seguridad Social y se establecieron los criterios para su notificación y registro, que recoge la asbestosis y las afecciones fibrosantes de la pleura y pericardio que cursan con restricción respiratoria o cardíaca provocadas por amianto.
En este escenario, ha detallado que próximamente serán
beneficiarias de reparación íntegra a cargo del fondo de compensación para las víctimas del amianto aquellas personas que hayan obtenido el reconocimiento de una
enfermedad profesional ocasionada por este mineral, así como aquellas que, aunque no puedan vincular su patología al trabajo, pueda “determinarse que su causa principal haya sido esa exposición”.
María Fernanda González, jefa de la Unidad Técnica de Salud Laboral de la Dirección General de Salud Pública.
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Finalmente, la normativa recoge que las personas convivientes de los afectados también podrían ser beneficiarios. “Esto
no se ha reglamentado todavía; está por salir, pero está claro que cuando se diagnostique un paciente deberá dar igual que haya sido por un asunto laboral, doméstico o que ya no esté en la fábrica”, ha recalcado.
La propia González ha incidido en que el
“acompañamiento legal” de estas personas constituye un gran
“reto administrativo” en el que intervienen no solo los servicios de prevención sino también el de Neumología y los centros sanitarios en general, que dan lugar al diagnóstico de la patología relacionada con el amianto. “Si ha habido exposición laboral se inician los trámites para el reconocimiento de la enfermedad profesional”, ha subrayado.
Si la patología está en el listado de enfermedad profesional "se informará al paciente de la posibilidad que existe de que solicite esta indemnización". "Si lo desea, este puede iniciar la solicitud de reconocimiento de incapacidad permanente por exposición laboral al amianto", ha detallado.
Sara Calero Pardo, adjunta del Servicio de Neumología del Hospital Universitario de Getafe.
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Datos del amianto en el Hospital de Getafe
Según los datos del Hospital Universitario de Getafe, hasta la fecha se han registrado
un total de 282 casos, de los cuales solo se han dejado de reconocer dos de ellos. Hasta
226 han sido vinculados a una enfermedad profesional, otros 26 a accidente de trabajo y 26 más a enfermedad común.
En este escenario,
127 personas han recibido la incapacidad absoluta, y 97 la total. Otras tres tienen la llamada ‘gran invalidez’, y ocho han fallecido.
“Cuando se mira se encuentra, y esto
da valor a lo que hacemos. El beneficio para las personas que están afectadas, que tienen una vida difícil y derecho a una prestación económica”, ha concluido.
Un instante del debate que ha tenido lugar en el plató de Redacción Médica.
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