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El médico taurino no será indemnizado tras vetarse las corridas en Cataluña

Así lo dice una sentencia del Tribunal Supremo que inadmite la denuncia de un médico especialista en cirugía taurina

Exteriores del Tribunal Supremo.

19 dic 2018. 16.40H
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El Tribunal Supremo ha rechazado indemnizar a un médico cirujano especialista en cirugía taurina por los perjuicios causados como consecuencia de la prohibición de las corridas de toros en Cataluña.

El especialista pedía una compensación económica por los perjuicios que suponía para él el cese de la celebración de corridas de toros en la Plaza Monumental de Barcelona, su lugar de trabajo.

Ahora, la sentencia del Alto Tribunal no admite el recurso presentado por el afectado,  dado que lo que pedía el médico en cuestión era “una indemnización por expectativas y el lucro cesante”, motivo sobre el que la Sala se ha pronunciado reiteradamente: “Si lo que verdaderamente pedía era una indemnización por lucro cesante, debemos recordar que nuestra constante doctrina viene declarando que para ello es preciso demostrar la existencia de un perjuicio efectivo y susceptible de valoración económica, derivado de un pérdida de ingresos no contingentes, sin que en dicho concepto quepa el resarcimiento de meras expectativas o ganancias dudosas o hipotéticas”.

En definitiva, según la sentencia, “es preciso que exista un sacrificio patrimonial singular de derechos o intereses económicos legítimos afectados de manera especial por las actuaciones administrativas anteriores o concomitantes con la legislación aplicable".

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