El Consejo de Ministros ha aprobado interponer
recursos de inconstitucionalidad contra dos leyes de la
Comunidad de Madrid relativas al reconocimiento de personas trans. Según ha informado la ministra de Igualdad,
Ana Redondo, el objetivo es dejar sin efecto las evaluaciones psiquiátricas previas a cualquier operación o tratamiento, así como la necesidad de obtener un
informe médico favorable en el caso de menores. Fuentes autonómicas ya indicaron a
Redacción Médica que había
“margen legal” para ello al entender que la normativa nacional no lo prohíbe expresamente.
“Tenemos la obligación de garantizar los derechos de igualdad de condiciones en todo el territorio español”, ha manifestado ante los medios la propia Ana Redondo, que advierte en la legislación madrileña
“limitaciones” en el
reconocimiento de las personas transexuales.
En primer lugar, denuncia que estas suponen una “excepción” a la “prohibición absoluta” de las
terapias de conversón a través de las evaluaciones psiquiátricas. “Eso es
inconstitucional”, defiende la ministra, que añade a ello la supuesta
“patologización” que se hace de
menores trans “al obligarles a un informe preceptivo” para cualquier operación o tratamiento.
Redondo ha aclarado que el Gobierno no impugnará todos los artículos de la normativa autonómica, sino aquellos que se consideren inconstitucionales o invadan competencias atribuidas al Estado.
Recurso del Defensor del Pueblo contra la Ley Trans
El pasado mayo, el
Tribunal Constitucional (TC) ya admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el
Defensor del Pueblo contra este artículo de la Ley Trans madrileña que hace obligatorio el informe favorable del médico en el caso de menores, así como el “apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil” durante todo el proceso.
La institución que dirige
Ángel Gabilondo indicó en su recurso, presentado en abril, que el citado precepto podría suponer una
vulneración de los derechos de los
menores transexuales, del principio al libre desarrollo de la personalidad y del derecho fundamental a la intimidad personal y familiar.
"Margen legal" para el informe médico
El Gobierno de Madrid, por su parte, defiende que existe “margen legal” para
‘rescatar’ la exigencia de un informe médico previo a la transición, pues entiende que la normativa nacional
no lo prohíbe expresamente.
Fuentes del PP consideran además “fundamental” poner ciertos filtros antes del inicio del proceso de hormonación o de cualquier tipo de operación “irreversible”. “Son tratamientos que pueden dar lugar a
situaciones trágicas si después se produce un arrepentimiento”, deslizan.
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