Profesionales > Derecho Sanitario

El Constitucional sentencia que la colegiación de sanitarios es obligatoria

La sentencia también denuncia intromisión de esta autonomía en las competencias estatales

Exteriores del Tribunal Constitucional.

17 ago 2018. 17.20H
SE LEE EN 1 minuto
POR REDACCIÓN
El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado la inconstitucionalidad de una ley cántabra que excepcionaba de la obligación de colegiación a los profesionales que prestan servicios como empleados públicos para la Administración. 

La sentencia resuelve esta cuestión recordando que debe cumplirse la colegiación obligatoria establecida en la Ley estatal de Colegios Profesionales. Además, señala que se trata de una condición básica que garantiza la igualdad en el ejercicio de los derechos y deberes constitucionales en todo el territorio del Estado.

El TC insiste en que dicha obligación de colegiarse fijada por el legislador estatal no es contraria ni al derecho de asociación ni a la garantía democrática de la estructura y funcionamiento de los Colegios Profesionales.

Intromisión en las competencias estatales


La sentancia establece que la comunidad cántabra se habría excedido de sus competencias legislando sobre la obligatoriedad de la colegiación por parte de los empleados públicos. 

Esta competencia pertenece exclusivamente al Estado, que es el que está capacitado, tal como dicta la Constitución, para establecer y regular la colegiación obligatoria.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.