Profesionales > Derecho Sanitario

El Constitucional anula la norma vasca de sanidad universal

El Tribunal advierte de que ninguna autonomía no puede transgredir el RDL 16/2012

La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

14 dic 2017. 14.10H
SE LEE EN 2 minutos
POR REDACCIÓN
El Tribunal Constitucional ha anulado la normativa del País Vasco que garantizaba el acceso a la atención sanitaria a las personas excluidas por el Real Decreto Ley 16/2012 y en particular a los inmigrantes en situación administrativa irregular, según han confirmado varias organizaciones sanitarias y sociales.
 
Amnistía Internacional, el Centro por los Derechos Económicos y Sociales (CESR), Médicos del Mundo, Red Acoge, la Red de Denuncia y Resistencia al RDL 16/2012 (Reder) y la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) han señalado que la sentencia 134/2017 del Tribunal Constitucional "contraviene obligaciones fundamentales de derechos humanos, es regresiva, discriminatoria y pone en riesgo la vida de las personas excluidas del sistema sanitario por el Real Decreto-Ley 16/2012".
 
En un comunicado, estas organizaciones añadieron que la reciente sentencia "pone en riesgo la salud de miles de personas que viven en Euskadi y en las comunidades autónomas que han adoptado normas orientadas a proteger la universalidad del sistema sanitario que han sido recurridas por el Gobierno central".
 
La sentencia establece que las normas autonómicas no pueden ampliar el universo de personas que reciben asistencia sanitaria por encima de los límites determinados por el RDL 16/2012 aunque éstas asuman el costo de estas mejoras y sin poner en riesgo los términos mínimos establecidos por el Estado para el ámbito estatal.
 
Estas asociaciones aseguraron que "al restringir esa posibilidad por parte de las autonomías, el Constitucional corta la línea vital que ha permitido a las personas migrantes en situación administrativa irregular recibir servicios de salud". Además, "el impedir que las regiones puedan ir más allá de un mínimo de protección básico a nivel estatal atenta contra el deber del Estado español de adoptar medidas, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr de forma progresiva la plena efectividad de los derechos sociales, tal como lo dispone el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc) ratificado por España".
 
De este modo, la sentencia "desoye las obligaciones en materia de derechos humanos, ignora el derecho internacional e impone una camisa de fuerza que impedirá que las autonomías adopten normativa que amplíe el ámbito de protección de los derechos sociales en ejercicio legítimo de sus competencias".

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.