Hasta dos años y medio de prisión es lo que puede costarle a una MIR por haber realizado un diagnóstico erróneo de una paciente. El Juzgado de lo Penal nº 1 de León juzgará los próximos días 25 y 26 de abril a una facultativa por un delito de homicidio por imprudencia después de que una mujer de 74 años falleciera cuatro días más tarde de la consulta.
Concretamente, los hechos sucedieron en febrero del año 2011 cuando la acusada ejercía como residente de primer año en el Servicio de Urgencias del Hospital de Léon. La víctima fue atendida “con desprecio absoluto de sus obligaciones” y no estudió la asistencia médica que la fallecida había recibido días antes. Tampoco se prestó atención al informe de asistencia de la ambulancia ni al historial médico, en el que se advertía de que la anciana había sufrido un accidente isquémico transitorio (AIT) siete años atrás. A raíz de esto, su estado empeoró gravemente, hasta serle diagnosticado un derrame cerebral que acabó con su vida poco después en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).
Por otro lado, la MIR no tuvo en cuenta la advertencia del médico de Familia (que informó de otro posible AIT) ni de los datos facilitados por las hijas de la fallecida. Lo único que llevó a cabo fue una radiografía de la rodilla izquierda y una analítica para descartar un proceso de accidente cerebro vascular. El diagnóstico que se realizó fue una artrosis de rodilla y se dio el alta sin que fuese firmada por el médico adjunto.
La acusada carecía de seguro de responsabilidad civil pero el Ministerio Fiscal entiende que los hechos constituyen un delito de homicidio por imprudencia grave profesional. Además de la indemnización de 100.000 euros para las hijas, se enfrenta a una condena que oscila entre los dos años y los seis meses de prisión, así como la inhabilitación para el ejercicio de la Medicina durante cinco años.
La defensa alega la ausencia de documentación escrita con el contenido de declaraciones de investigados y testigos para pedir la nulidad de las actuaciones. También asegura que su clienta no tuvo acceso a la anotación realizada en la tarde anterior por el médico de Atención Primaria. Según argumentaba, atendió a la paciente con la única referencia de los profesionales de Enfermería que aconsejaba simplemente que “no moviera una pierna”. Tras un estudio de la enferma, sin presencia de ningún neurológo y con apenas experiencia, la acusada decidió dar el alta, después de consultar con la médico adjunta.
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