El Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife ha anunciado su satisfacción por la condena a seis meses de una persona que había estado ejerciendo como dentista, sin la necesaria titulación académica, entre los años 2010 y 2020.
Ante el delito de intrusismo, el Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife se personó en la causa, señalando la gravedad de la situación, “al poner en riesgo la salud de los pacientes”.
La sentencia judicial, realizada por el Juzgado de lo Penal nº 7 de Santa Cruz de La Palma, ha condenado finalmente por intrusismo al acusado, recalcando que este era consciente “de realizar actos reservados a dichos profesionales tales como exámenes y manipulaciones bucales, diagnóstico y tratamientos”.
Junto a esta resolución, el juzgado canario condena también al acusado a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, “cuyo cumplimiento se suspende por dos años, más el pago de las costas, incluidas las devengadas a instancia de la acusación particular”.
Tal y como ha informado el Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife, el delito de intrusismo está tipificado en el Código Penal, en el artículo 403, donde se establece que el que ejerza actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España, de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses.
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