Un
centro médico estético ha sido condenado por el
Tribunal Supremo a pagar 900.000 euros tras ocasionar graves lesiones cerebrales a una paciente intervenida de abdominoplastia. Los familiares de la paciente demandaron al centro al considerarlo responsable de provocar una lesión cerebral irreversible por una
encefalopatía hipóxica-isquémica. Este hecho hizo que reclamaran casi un millón de euros a la clínica y al anestesista que le atendió, quien fue finalmente condenado.
Las lesiones recalaron en la paciente a consecuencia de una mala intubación.
El demandado acabó realizando tres intubaciones, dos de ellas de manera urgente para mantener con vida a la paciente. La primera duró 35 minutos, sin que presentara aparentemente ningún problema para la paciente.
La paciente no recuperó todas las contantes hasta que se le puso una tercera intubación
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El problema surgió cuando el tubo se desplazó, movimiento que fue detectado en la auscultación pulmonar, que tenía una oxigenación parcial, hasta que se dio la caída del
CO2. Si esta intubación hubiera funcionado, no se hubiera arriesgado a una segunda intubación, pero la vida de la paciente dependía de ello al no poder respirar sin esta conexión. La paciente no recuperó todas las contantes hasta que se le puso una tercera intubación.
Con estos hechos el juez entendió que la primera intubación se movió por no realizarla adecuadamente y que la segunda no estaba bien ejecutada, ya que le llevó a hacer una tercera. Estas prácticas son la causa más frecuente de la parada respiratoria con caída busca de la curva del CO2, por lo que se entendió que el demandado no había cumplido con la
lex artis ad hoc.
La
sentencia determinó que, aunque es cierto que el acto anestésico es, por sí mismo, generador de un riesgo para la vida e integridad física del paciente independientemente de la gravedad o complejidad de la intervención quirúrgica, al acusado se le condena porque el caso en cuestión no es un riesgo propio de la anestesia, sino una incorrecta colocación del tubo endotraqueal y, por consiguiente,
una vulneración de la lex artis propia del anestesista.
Para tomar la decisión fue relevante el perito de la parte demandante que demostró la falta de atención necesaria para comprobar su correcta actuación ante la labor que tenía que desempeñar:
hacer una correcta intubación, controlar y vigilar la función respiratoria y su monitorización.
Por todo ello, el médico en cuestión fue condenado a pagar una indemnización de 900.000 euros a la paciente de la clínica por las lesiones cerebrales que le ocasionó.
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