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Condenan a la Clínica Bascarán por causar ojo seco y dolor ocular

Está probada la relación causal de las dolencias con la intervención quirúrgica que se realizó la paciente en el centro

La paciente fue diagnosticada de ojo seco neurodeprivativo, evaporativo y queratoneuralgia tras la intervención

25 sep 2019. 16.40H
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La Clínica Bascarán ha sido condenada con por causar ojo seco y dolor ocular permanente tras una cirugía de miopía a una mujer. Además, en la sentencia, se reconoce la neuralgia corneal como consecuencia de una cirugía Lasik.

Desde Asacir (Asociación Española de Afectados por Intervenciones de Cirugía Refractiva) quieren que esta sentencia siente precedente en lo que se refiere a daños ocasionados por la cirugía refractiva (operaciones de miopía, hipermetropía, astigmatismo y/o presbicia).

La sentencia, afirma la asociación, "reconoce la falta de información escrita y oral por parte de la clínica y las secuelas producidas: ojo seco crónico y neuralgia corneal (la neuralgia es también conocida como la “enfermedad del suicidio). También se reconocen el daño moral y psicológico como consecuencia de estas".

Tal y como trasladan en un comunicado desde Asacir, tras firmar un formulario de consentimiento informado y serle practicadas varias pruebas, se la consideró apta para la cirugía sin que le fueran advertidos ni explicados los riesgos, complicaciones, efectos secundarios y secuelas propias de esta técnica.

"Los meses siguientes a la cirugía, y como consecuencia de esta, la paciente fue diagnosticada de ojo seco neurodeprivativo, evaporativo y queratoneuralgia (dolor neuropático corneal)", añaden.

Probada la relación causal


El debate en el procedimiento judicial, se trasladó a dos puntos: por una parte, determinar si la aparición del ojo seco severo de forma crónica y el dolor neuropático binocular fueron producidos por la intervención. Y por otra, si eran riesgos previsibles de los que debería haber sido informada, y si realmente lo fue.

A lo largo del juicio, destalla Asacir, se probó que no consta que se le haya facilitado información alguna sobre las enfermedades crónicas con las que resultó, siendo además contradictorio que la clínica defienda que no se debía informar a la paciente del riesgo de padecer dolor neuropático corneal pues de desconocía la existencia de la patología y simultáneamente sostener que se le facilitó información sobre la misma. En definitiva, “se trataba de riesgos relevantes que no figuran en el documento de consentimiento informado facilitado y que no consta que hubieran sido proporcionadas verbalmente (…) no existe un hecho traumático conocido que pudiera haber causado la neuralgia, ni ninguna otra circunstancia”.

Varios especialistas, entre ellos los de la Unidad de Dolor Oculofacial (UniDof) del IOBA de Valladolid, diagnosticaron la presencia del dolor neuropático y la sentencia afirma que “no existe base para apartarse de los diagnósticos que de forma mantenida en el tiempo le atribuyen el síndrome de ojo seco post-lasik y la neuralgia corneal crónica post-cirugía refractiva corneal (…) por tanto, debe establecerse como probada la relación causal de ambas dolencias con la intervención quirúrgica”.

La sentencia, además de condenar a la mencionada clínica por las secuelas mencionadas, recoge una cantidad adicional por el daño moral “en atención a la alteración de ánimo que el proceso supuso para la demandante, como se evidencia en el peregrinaje de médicos y quejas desentendidas…”


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