El
Tribunal Supremo ha respaldado la imposición de una
multa de 65.000 euros a una farmacéutica tras ser declarada culpable de una 'infracción grave' por mantener de forma indebida
121 tarjetas sanitarias de pacientes. La sentencia revela que la farmacéutica almacenaba secretamente las tarjetas sanitarias que contenían información confidencial detallada sobre el historial médico, tratamientos y condiciones de salud de los pacientes. Todo ello
sin el conocimiento ni el consentimiento de los afectados.
A pesar de que la parte condenada ha presentado un recurso de casación contra la sentencia, el
Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha respaldado su dictamen tras considerar que se producía una irregularidad al
no devolver de forma inmediata la tarjeta sanitaria a los usuarios tras ser utilizada para acceder al sistema de
receta electrónica.
54 cupones sin adherir a la receta
Junto a ello, la sentencia recoge la existencia en farmacéutica de “
54 cupones-precinto de medicamentos que, una vez realizada la dispensación,
no fueron adheridos en la correspondiente receta papel o en las correspondientes hojas de recogida para el caso de recetas electrónicas”. En concreto, especifica que faltaban 9 de los “cupones-precinto” como justificantes de las dispensaciones.
Por ello, a la farmacéutica en cuestión se le condenó con
una sanción de 65.000 euros por la comisión de una infracción grave al "incumplir, el director técnico y demás personal, las obligaciones que competen a sus cargos", tal y como se especifica en el documento.
La sentencia dictamina, además, el incumpliendo del art. 111. b) 8ª del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento al "incumplir, el director técnico y demás personal, las obligaciones que competen a sus cargos".
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