La
Audiencia de León ha confirmado la sentencia del
Juzgado de lo Penal número uno que condena a un año de prisión y tres de inhabilitación para el
ejercicio de su profesión a una doctora de urgencias por la muerte de una paciente como consecuencia de un homicidio por imprudencia profesional. Los hechos se remontan al 11 de febrero de
2011 cuando una paciente de 78 años, y con antecedentes de accidente isquémico, acudió al Servicio de Urgencias por sufrir un síncope mientras realizaba la compra.
En el
Servicio de Urgencias, tras examinar los antecedentes y explorar de la paciente, la derivaron a su domicilio con la cautela de volver a urgencias si se encontraba mal.
Unos días más tarde, el 15 de febrero, la paciente mostró
pérdida de fuerza en el lado izquierdo, no siendo capaz de caminar, motivo por el que sus hijas avisaron al médico de cabecera, quien acudió a visitar a la mujer a su domicilio.
El médico, tras explorar a la paciente anotó, sobre el informe de urgencias del día 11 de febrero, que sospechaba un posible ictus, por lo que la derivó al hospital,
avisando al Servicio 112 para su traslado.A su llegada a Urgencias del hospital de León, la paciente fue atendida por la hoy condenada, quien entonces era
MIR de primer año.
La doctora no valoró el informe del 112
La MIR confundió la imposibilidad de caminar por el posible derrame con artrosis de rodilla
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En los
antecedentes de la sentencia, se explica que a pesar de contar con el informe de urgencias, en el que se incluían los antecedentes de la paciente así como la nota del médico de cabecera y el informe del Servicio 112 en el que constaba como causa de traslado "posible accidente isquémico-vascular", la doctora no "valoró en absoluto" los datos
.Todo a pesar de las advertencias de las hijas de la paciente de dichos antecedentes, importantes para establecer una primera sospecha diagnóstica.
Tras realizar una analítica, sometió a la paciente a unos rayos x de la rodilla y la diagnosticó "artrosis de rodilla" al confundir la imposibilidad de caminar de la paciente con un simple dolor mecánico.
La MIR no recabó la asistencia de su adjunta, como era obligado, por lo que su exploración y posterior diagnóstico no fue refrendado por ningún
médico con mayor experiencia.La paciente falleció apenas unos días más tarde, el 22 de febrero, tras sufrir un derrame cerebral masivo,
producto de diferentes focos hemorrágicos, que evidenciaban una evolución en días previos.
La Audiencia Provincial califica la actuación de la doctora condenada en su sentencia, facilitada por El
Defensor del Paciente, como "una grave imprudencia, caracterizada por las notas de dejación, abandono, negligencia y descuido en la atención a la paciente, con omisión de las precauciones y cautelas más elementales, imperdonables e indiscutibles a un profesional de la medicina".
Y añade que el hecho de ser MIR de primer año no puede justificar su actuación, que califica como "torpe", pues era su obligación haber recabado la asistencia de su médico adjunto, lo que tampoco hizo.
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