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Condena de 15 años de cárcel por un parto en casa sin atención médica

La Audiencia de Las Palmas considera que los padres del bebé eran conscientes de que el parto era de alto riesgo

Exteriores de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

08 mar 2017. 13.30H
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POR REDACCIÓN
La Sección II de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a unos padres a 15 años de prisión cada uno por dejar morir a su hija recién nacida en la localidad de Vecindario (Gran Canaria), negandole la asisistencia sanitaria. El jurado afirmó como probado que el 1 de mayo de 2015 la acusada, cuyo embarazo era declarado de “alto riesgo”, rompió aguas en su domicilio tal y como habían decidido que fuera su parto, sin asistencia médica ni conocimientos al respecto.

La niña nació y los padres decidieron no cortarle el cordón umbilical, no se procedió a la aspiración de las secreciones ni a la reanimación neonatal, no le dieron ningún alimento a lo largo del día ni la abrigaron. Los acusados, que iban observando como la respiración de la recién nacida era cada vez más tenue a medida que pasaban las horas, que apenas se movía, ni lloraba, y que su vida corría peligro, continuaron sin prestarle los auxilios mínimos necesarios, conscientes de que si continuaban con su actitud pasiva se produciría la muerte de la niña.

Los acusados "dejaron pasar el tiempo" hasta que el fallecimiento se produjo y que "no fue hasta las 12.05 del día 2 de mayo de 2015, cuando estaban totalmente seguros del fallecimiento del bebé, cuando acudieron al Centro de Salud de Vecindario", finaliza la sentencia.

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